Cancelan, por causa de muerte, el título de notario del distrito de Comas, de la provincia de Lima, Distrito Notarial de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0300-2020-JUS
Lima, 4 de diciembre de 2020
VISTO, Informe N° 88-2020-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; Oficio N° 810-2020-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, Informe N° 917-2020-JUS/OGAJ, de la Dirección General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial No. 0043-2014-JUS, de fecha 27 de febrero de 2014, se designó como notario del distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima, al señor AMADOR ALEJANDRO TITO VILLENA;
Que, mediante Oficio N° 218-2020-CNL/D, el Colegio de Escribanos de Lima notificó al Consejo de Escribanos el fallecimiento del señor AMADOR ALEJANDRO TITO VILLENA, ocurrido el 25 de agosto de 2020, solicitando la cancelación de su título notarial ;
Que, mediante Oficio N° 243-2020-CNL/D, el Colegio de Escribanos de Lima remite al Consejo de Escribanos copia del Acta de Defunción del citado notario, de las Actas de Cierre de la Notaría y de las últimas instrumentos de cada Registro de la Notaría;
Que, mediante Oficio N° 729-2020-JUS/CN/ST, con el fin de continuar con las actuaciones del proceso de cancelación del título de Notariado, la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado solicita al Colegio de Notarios de Lima remitir copia certificada de la resolución y/o acta de sesión de la Junta Directiva del Colegio de Escribanos de Lima, en la que se nombre al administrador del recaudo documental del mencionado notario;
Que, mediante Oficio N° 254-2020-CNL/D, el Colegio de Escribanos de Lima remite al Consejo del Notariado copia certificada de la Resolución N° 076-2020-CNL/JD, mediante la cual dicho Colegio designó a los notarios en encargado de la administración del expediente del notario antes definido;
Que, mediante Oficio N° 810-2020-JUS/CN, el Presidente del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General Informe N° 88-2020-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo de Notarios, con los antecedentes respectivos, solicitando tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título del citado notario;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo Decreto del Notario Público; el notario cesa por causa de muerte, por lo que, operada dicha causa, es necesario dictar la Resolución Ministerial de cancelación del título de Notario;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado Público; Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS;
RESUELTO:
Articulo 1.- Cancelar, por causa de muerte, el título de notario del distrito de Comas, de la provincia de Lima, Distrito Notarial de Lima, otorgado al Sr. AMANTE ALEJANDRO TITO VILLENA.
Artículo 2.- Enviar copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Lima, para los efectos correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publique.
EDUARDO VEGA LUNA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
.