R. VM Nº 051-2021-MINEDU.- “Disposiciones para la gestión de cargos en las áreas de desempeño laboral de la Carrera Pública Docente”

RESOLUCIÓN VICE-MINISTERIAL

No. 051-2021-MINEDU

Lima, 23 de febrero de 2021

VISTO, Expediente 028980-2020, Informes No. 00462-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN y No. 996-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnica Normativa del Docente, Informe No. 950-2020- MINEDU / SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto e Informe Nº 00240-2021-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 del Decreto Ley No. 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, corresponde al Ministerio de Educación formular las normas nacionales que regulen las actividades educativas, deportivas y recreativas;

Que el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política educativa, recreativa y deportiva, de acuerdo con las normas generales del Estado. política;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la citada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de perfeccionamiento del personal directivo, docente y administrativo del sector. e implementar la Carrera Magisterial Pública;

Que la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Docente, establece un régimen laboral único para los docentes del sector público con el objetivo de crear una carrera pública meritocrática que promueva el mejoramiento sostenido de la calidad e idoneidad profesional de los docentes y autoridades educativas, contribuyendo a garantizar la calidad de las instituciones educativas públicas;

Que, el artículo 12 de la citada Ley, reconoce cuatro (04) áreas de desempeño laboral en la Carrera Pública Docente, para el ejercicio de cargos y funciones de docentes, siendo estas: i) Gestión pedagógica; ii) Gestión institucional; iii) Formación de profesores; y, iv) Innovación e investigación. También establece que, por necesidad del servicio educativo, el Ministerio de Educación podrá crear o eliminar puestos en las áreas de desempeño laboral;

Que el numeral 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N ° 004-2013-ED, establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales y sus instancias de gestión educación descentralizada, establece o elimina puestos en cada área de desempeño laboral debido a la necesidad del servicio educativo, tomando en cuenta las características y requerimientos de las diversas modalidades y formas del sistema educativo. Para ello, se siguen los procedimientos administrativos establecidos institucionalmente;

Que, en el marco normativo establecido, mediante Oficio No. 01191-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente envía los informes No. 00462-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN al Viceministerio Oficina de Gestión Pedagógica y Nº 996-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnica Normativa del Docente, dependiente de la citada Dirección General, que avalan la necesidad de aprobar el proyecto de documento normativo denominado “Disposiciones para la gestión de cargos en las áreas de desempeño laboral de la Carrera Pública Docente ”(en adelante, el documento normativo);

Que, el documento normativo tiene como objetivo establecer acciones técnicas y administrativas para la creación, normalización o eliminación de puestos en las áreas de desempeño laboral por necesidad del servicio educativo, a fin de atender las características y requerimientos de las diversas modalidades y en de conformidad con lo regulado en la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N ° 004-2013-ED;

Que el documento normativo cuenta con la aprobación de la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Medio Rural. , de la Dirección General de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados y de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada, dependiente de la Dirección General de Gestión Descentralizada, según consta en la documentación en el archivo;

Que, con Informe No. 950-2020-MINEDU / SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera factible continuar con la tramitación de la documento normativo, en la medida en que esté alineado con los documentos de planificación estratégica del Sector y desde el punto de vista presupuestario, no incurra en gastos al Pliego de Condiciones 010: Ministerio de Educación;

Que, asimismo, mediante Informe No. 00240-2021-MINEDU / SG-OGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica emite opinión jurídica favorable al documento normativo y recomendó continuar con el proceso correspondiente para su aprobación;

Que de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N ° 571-2020-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la emisión y aprobación de la resolución actos que aprueben, modifiquen o dejen sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N ° 26510; Ley N ° 29944, Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas por Resolución Ministerial N ° 571-2020-MINEDU;

RESUELTO:

Articulo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la gestión de cargos en las áreas de desempeño laboral de la Carrera Pública Docente”, el mismo que forma parte de un anexo de esta resolución.

Artículo 2.- Ordenar la publicación de esta resolución y su anexo, en el Sistema de Información Legal para la Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y sea publicado.

BALONES KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA

Viceministro de Gestión Pedagógica

1930042-1

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