Se aprueba el Calendario Mensual Anual para el Pago de Retribuciones y Pensiones en la Administración Pública, así como las Pensiones correspondientes al Decreto Ley N ° 19990, financiado con cargo al presupuesto institucional de la ONP, a aplicarse durante el Ejercicio 2021
RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N ° 0004-2020-EF / 52.01
Lima, 23 de diciembre de 2020
CONSIDERANDO:
Que, es necesario garantizar la adecuada distribución de los recursos públicos para Gastos de Personal y Obligaciones Sociales (Retribuciones) y Gastos por Pensiones y Otros Beneficios Sociales, a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, mediante la aprobación de un Calendario de Pagos para la atención oportuna de dichos conceptos durante el proceso de ejecución presupuestaria y financiera del Año Fiscal 2021;
Que, asimismo, es necesario incluir como parte del Anejo señalado a los pensionistas incluidos en el régimen del Decreto Ley N ° 19990, a cargo de la Oficina de Normalización de la Seguridad Social, de acuerdo con la información remitida al efecto por dicho organismo. mediante Oficio No. 220-2020-GG / ONP;
Que el citado Anejo es aplicable a los pagos que por los conceptos señalados se realicen con recursos ordinarios y otras fuentes de financiamiento que se centralicen y administren a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para lo cual el Director General de Administración , o quien ocupe su lugar, es responsable de la adopción de las medidas administrativas que sean necesarias para contar con el respectivo financiamiento, así como de un eficiente y oportuno proceso de elaboración de las respectivas hojas de pago, que garantice su adecuado cumplimiento;
Que, la aprobación del mencionado Cronograma de Pagos tiene como finalidad contribuir a una mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones del Estado, por parte de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, así como a una mejor atención al respecto. a los trabajadores y pensionados del Sector Público;
De conformidad con los incisos a) yc) del artículo 10 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial No. 213-2020-EF / 41;
RESUELTO:
Articulo 1. Aprobar el Calendario Mensual Anual de Pago de Retribuciones y Pensiones en la Administración Pública, así como las Pensiones correspondientes al Decreto Ley N ° 19990, financiado con cargo al presupuesto institucional de la Oficina de Normalización de la Seguridad Social, que se aplicará durante el Año Fiscal 2021, el mismo que se detalla en los siguientes Anexos que forman parte de la Resolución Viceministerial:
a) Anexo N ° 01: Calendario de Pagos de Retribuciones Mensuales Anuales para el Ejercicio 2021, a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
b) Anexo N ° 02: Calendario de Pagos Mensuales Anuales de Pensiones (Decreto Ley N ° 20530) para el Ejercicio 2021, a cargo de las Unidades Ejecutoras del Pliego de Condiciones del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
c) Anexo N ° 03: Calendario de Pagos Mensuales Anuales de Pensiones (Decreto Ley N ° 19990) para el Año Fiscal 2021, a cargo de la Oficina de Normalización del Seguro Social.
El Cronograma del Anexo N ° 01 incluye pagos periódicos y no remunerativos como Contrato de Servicios Administrativos (CAS), Estipendio de Servicio Civil para Graduados (SECIGRA) y Servicio de Salud Marginal Rural y Urbano (SERUMS), Propinas para practicantes, animadores, alfabetización trabajadores y estudiantes de Escuelas Militares y Policiales, entre otros de similar naturaleza.
Las obligaciones relacionadas con la Bonificación por Escolaridad y las Bonificaciones por Fiestas Patrias y Navidad se atienden de acuerdo con los Anexos del citado Calendario, en los meses correspondientes.
Artículo 2. El Plan Mensual Anual a que se refiere el artículo anterior es de aplicación al pago de las obligaciones que por concepto de Remuneraciones y / o Pensiones se realicen con la fuente de financiamiento de los Recursos Ordinarios, así como otras fuentes de financiamiento que se centralicen y administren a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para lo cual el Director General de Administración, o quien actúe como Unidad Ejecutora, es responsable de adoptar las medidas administrativas que sean necesarias para contar con el financiamiento que garantice su adecuado y oportuno cumplimiento , así como para el correspondiente registro de operaciones en el SIAF-SP, bajo responsabilidad.
Articulo 3. La atención a otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago Remuneración y / o Pensiones, tales como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), Bonificaciones (Régimen Laboral 728), Compensación o similar, se realiza en las fechas u oportunidad que se indique ± según a la legislación aplicable.
Aquellas Unidades Ejecutoras que cuenten con personal del Régimen Laboral del Decreto Legislativo No. 728 podrán realizar el pago de los conceptos de Remuneración y Bonificaciones para los meses de julio y diciembre en una única nómina, en la fecha en que corresponda atender dicha conceptos .
Regístrese, comuníquese y publique.
BETTY SOTELO BAZÃ ?? norte
Viceministro de Finanzas
ANEXO No. 01
CALENDARIO DE PAGO MENSUAL ANUAL DE RETRIBUCIONES PARA EL EJERCICIO 2021 POR LAS UNIDADES EJECUTORES DEL GOBIERNO NACIONAL Y DE LOS GOBIERNOS REGIONALES OBLIGACIONES PERSONALES Y SOCIALES
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ANEXO No. 02
CALENDARIO MENSUAL ANUAL DE PAGO DE PENSIONES (DECRETO LEY N ° 20530) PARA EL EJERCICIO 2021, A CARGO DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNO REGIONAL ESPECIFICACIONES
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ANEXO N ° 03
CALENDARIO ANUAL DE PAGO MENSUAL DE PENSIONES (DECRETO LEY N ° 19990) PARA EL AÑO FISCAL 2021, A CARGO DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PROVISIONAL
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