R. VM. N ° 224-2021-MINEDU.- Modificar el «Registro del IIEE. Públicos de Primaria Destinados con plazas para Profesores de Educación Física para el año fiscal 2021 »

R. VM.  N ° 224-2021-MINEDU.- Modificar el «Registro del IIEE.  Públicos de Primaria Destinados con plazas para Profesores de Educación Física para el año fiscal 2021 »



MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Modifican el “Registro de Instituciones Públicas de Educación Primaria enfocado con plazas de Profesores de Educación Física para el Ejercicio 2021”

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N ° 224-2021-MINEDU

Lima, 16 de julio de 2021

VISTO, Expediente No. 0028167-2021, Informes No. 013-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR-DEFID, No. 026-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR-DEFID y No. 010-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR – DEFID-VPR de la Dirección de Educación Física y Deportes de la Dirección General de Educación Básica Regular, Informe No. 00855-2021-MINEDU / SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estrategia y Presupuesto, Informe No 00867-2021-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el organismo del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, de acuerdo con la política general del Estado. ;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la Ley N ° 28044, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector, y implementar la Carrera Magisterial Pública;

Que, el artículo 3 de la Ley No. 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación está bajo la dirección y rectoría del Ministerio de Educación; Asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación: formular, planificar, dirigir, ejecutar, fiscalizar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su jurisdicción, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas relacionadas con sus áreas de competencia, respectivamente;

Que el artículo 76 de la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Magisterial, dispone que las vacantes existentes en instituciones educativas no cubiertas por nombramiento se atiendan mediante concurso público de contratación docente;

Que, el artículo 1 de la Ley N ° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, indica que el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Magisterial, tiene como finalidad permitir la contratación de personal docente temporal en público. instituciones educativas de educación productiva básica y técnica; Asimismo, establece que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Educación, se regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación en el marco del Contrato de Servicio Docente; así como las características para su renovación;

Que, el literal c) del numeral 6.3.1 de la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de docentes y su renovación, en el marco del contrato de servicio docente en educación básica, al que se refiere la Ley N ° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones “, aprobado por el artículo 1 del Decreto Supremo N ° 015-2020-MINEDU, establece que para el proceso de contratación de docentes se consideran como vacantes, entre otras, las horas completar el plan de estudios del área curricular de educación física en la educación básica regular en el nivel primario;

Que mediante el artículo 1º de la Resolución Viceministerial No. 036-2021-MINEDU, se aprueba el “Registro de Instituciones Públicas de Educación Primaria enfocadas con plazas de Maestros de Educación Física para el Año Fiscal 2021”;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes mencionadas, mediante Oficio No. 00198-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular envía el Informe No. 013-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR-DEFID, complementado con Informes N ° 026-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR-DEFID y N ° 010-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR-DEFID-VPR, elaborado por la Dirección de Educación Física y Deportes, a través del cual la necesidad de modificar la norma aprobado por el artículo 1 de la citada Resolución Viceministerial No. 036-2021-MINEDU (en adelante, el proyecto de resolución) se propone y apoya; lo que permitirá continuar con la implementación del Currículo Nacional de Educación Básica en el área de Educación Física;

Que de acuerdo con los documentos adjuntos al expediente, la Dirección Técnica Reguladora del Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente emitió un dictamen favorable al proyecto de resolución;

Que, mediante Informe N ° 00855-2021-MINEDU / SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con el proceso de aprobación de el proyecto de resolución; en tanto, se alinea con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y no incurrirá en gastos adicionales a la Ficha 010: Ministerio de Educación;

Que, asimismo, con Informe N ° 00867-2021-MINEDU / SG-OGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta los dictámenes técnicos emitidos, considera que la aprobación del proyecto la resolución sea legalmente viable, sugiriendo continuar con el proceso correspondiente para su aprobación;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU, es función de la Viceministerial de Gestión Pedagógica para aprobar actos de resolución y documentos normativos en el ámbito de su competencia;

De acuerdo con la Ley N ° 28044, Ley General de Educación; Ley N ° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Ley N ° 29944, Ley de Reforma Magisterial; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU;

RESUELTO:

Articulo 1.- Modificar el “Registro de Instituciones Educativas Públicas Primarias enfocadas con plazas de Maestros de Educación Física para el Ejercicio Fiscal 2021”, aprobado por artículo 1º de la Resolución Viceministerial No. 036-2021-MINEDU; el mismo que se redactará de acuerdo con el anexo que forma parte de esta resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de esta resolución y su anexo en el Sistema de Información Legal Educativa (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de esta resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publique.

BALONES KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA
Viceministro de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 17/07/2021]


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