Aprueban el “Clasificador de Cargos de la Carrera Magisterial Pública” y excluyen varios cargos del Clasificador de Cargos del Minedu, aprobado mediante RM N ° 0091-2012-ED
RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N ° 093-2021-MINEDU
Lima, 25 de marzo de 2021
VISTO el expediente No. 0113119-2020, Informes No. 00739-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN y No. 00943-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnica Normativa del Docente; Informe No. 271-2021-MINEDU / SP-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, Informe No. 00388-2021-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el literal b) del artículo 5 del Decreto Ley No. 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, corresponde al Ministerio de Educación formular las normas nacionales que regulen las actividades educativas, deportivas y recreativas;
Que el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, de acuerdo con las normas generales. política estatal;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la citada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento de la gestión, personal docente y administrativo de la sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Docente, regula un régimen laboral único para los docentes del sector público con el objetivo de crear una carrera pública meritocrática que promueva el mejoramiento sostenido de la calidad e idoneidad profesional de los docentes y autoridades educativas, ayudar a garantizar la calidad de las instituciones educativas públicas;
Que, el numeral 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo No. 004-2013-ED, establece que el Ministerio de Educación en coordinación con las Comunidades Autónomas y sus órganos de gestión educativa descentralizados, establece o elimina puestos en cada área de desempeño laboral por la necesidad del servicio educativo, tomando en cuenta las características y requerimientos de las diversas modalidades y formas del sistema educativo. Para ello, se siguen los procedimientos administrativos establecidos institucionalmente;
Que mediante Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el cual establece en su Disposición Final Complementaria Primera Primera que el Ministerio de Educación aprobará el reglamento complementario y los documentos de gestión correspondientes para la el adecuado cumplimiento y ejecución de las disposiciones del citado Reglamento;
Que, de acuerdo con lo establecido en el Anexo 02 de la versión actualizada de la Directiva No. 002-2015-SERVIR / GDSRH “Normas para la gestión del proceso de gestión de puestos, y elaboración y aprobación de la Lista de puestos de la Entidad – CPE”, aprobada por Resolución de la Presidencia Ejecutiva No. 057-2016-SERVIR-PE y modificada por Resolución de la Presidencia Ejecutiva No. 092-2016-SERVIR-PE; el Clasificador de puestos es una herramienta de gestión necesaria para la preparación del Cuadro de asignación de personal – CAP Provisional y Perfiles de puestos;
Que, mediante Resolución Ministerial No. 0091-2012-ED y sus modificaciones, se aprueba el Clasificador de puestos del Ministerio de Educación, que incluyó los cargos y perfiles correspondientes a la Carrera Docente Pública;
Que, bajo este marco normativo, mediante Oficio No. 01204-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente envía el Informe No. 0943-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN a la Viceministerial Oficina de Gestión Pedagógica, complementado con Informe N ° 00739-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnica de Reglamento del Profesorado, dependiente de la citada Dirección General, que sustenta la necesidad de aprobar el “Clasificador de Cargos de la Carrera Pública Magisterial “; cuyo objetivo general es contribuir a la organización y descripción de los puestos de la Carrera Pública Docente, de acuerdo con las distintas áreas de desempeño laboral establecidas en la Ley de Reforma Docente, definiendo sus principales funciones y requisitos mínimos para su cobertura;
Que, asimismo, la Dirección Técnica Normativa de Docentes apoya la necesidad de excluir los cargos correspondientes a la Carrera Docente Pública del Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado por Resolución Ministerial No. 0091-2012-ED, con el fin de gestionar de manera eficiente los recursos humanos y fortalecer los mecanismos de selección, formación y evaluación del desempeño en la Carrera Pública Docente;
Que, de acuerdo con los informes antes mencionados, se observa que la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Educación Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), la Dirección Descentralizada Dirección de Apoyo a la Gestión (DAGED), Dirección de Formación Docente en Servicio (DIFODS) y Unidad de Organización y Métodos (UNOME);
Que, mediante Informe No. 00271-2021-MINEDU / SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto emite opinión favorable a la propuesta realizada por la Dirección Técnica Reguladora del Docente, señalando que se encuentra alineada con los Instrumentos en la materia. de la planificación estratégica e institucional del Sector Educación además, desde el punto de vista presupuestario, su aprobación e implementación no requerirá recursos presupuestarios de la Ficha 010: Ministerio de Educación, ni de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada;
Que, mediante Informe N ° 00388-2021-MINEDU / SG-OGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la propuesta realizada por la Dirección Técnica Reguladora del Docente, otorgando viabilidad legal a la emisión del acta de resolución que aprueba el “Clasificador de Cargos de la Carrera Magisterial Pública”;
Que de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N ° 571-2020-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, para dictar y aprobar la resolución. actos que aprueben, modifiquen o dejen sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N ° 26510; Ley N ° 29944, Ley de Reforma Magisterial, Reglamento de la Ley N ° 29944, aprobada por Decreto Supremo N ° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU y en virtud de las facultades delegadas por Resolución Ministerial No. 571-2020-MINEDU;
RESUELTO:
Artículo 1.- Aprobar el “Clasificador de Cargos de la Carrera Magisterial Pública”, el mismo que, como anexo, forma parte de esta resolución.
Artículo 2.- Excluir del Clasificador de Cargos del Minedu, aprobado por Resolución Ministerial No. 0091-2012-ED y sus modificaciones, los cargos de Director de la Unidad de Gestión Educativa Local, Director de Gestión Pedagógica, Jefe de Gestión Pedagógica, Especialista en Educación Básica Inicial Regular, Especialista en Educación Básica Regular Primaria, Especialista en Educación Básica Regular Secundaria, Especialista en Educación Básica Especial, Especialista en Educación Intercultural Bilingüe, Especialista en Educación Técnica Productiva, Directora de Institución Educativa I, Directora de Institución Educativa II, Directora de Institución Educativa III , Subdirector de Institución Educativa, Subdirector de Gestión Administrativa de Institución Educativa, Subdirector de Gestión Pedagógica de Institución Educativa, Subdirector de Tutoría y Orientación Educativa de Institución Educativa, cuyos cargos equivalentes se enumeran en el Cuadro de Equivalencias de A Anexo 01 del Clasificador de Cargos de la Carrera Magisterial Pública aprobado por el artículo anterior.
Artículo 3.- Disponer que los órganos de gestión educativa descentralizada del Ministerio de Educación adecuen sus instrumentos de gestión de recursos humanos, de acuerdo a los cargos contenidos en el Clasificador de Cargos de la Carrera Pública Docente, aprobado por el artículo 1 de esta resolución.
Artículo 4.- Disponer la publicación de esta resolución y su anexo en el Sistema de Información Legal del Ministerio de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en el mismo día de la publicación de esta resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publique.
BALONES KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA
Viceministro de Gestión Pedagógica
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