R. VM. N ° 014-2021-MINEDU.- Aprobación del documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Fortalecimiento de las competencias de los docentes que utilizan dispositivos electrónicos portátiles”

R. VM.  N ° 014-2021-MINEDU.- Aprobación del documento normativo denominado



MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Fortalecimiento de las competencias de los docentes que utilizan dispositivos electrónicos portátiles”

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N ° 014-2021-MINEDU

Lima, 19 de enero de 2021

VISTO los informes contenidos en el Expediente No. 136047-2020, Informe No. 01474-2020-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 del Decreto Ley No. 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, corresponde al Ministerio de Educación formular las normas nacionales que regulen las actividades educativas, deportivas y recreativas;

Que, el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, de acuerdo con las normas generales. política estatal;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la citada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de perfeccionamiento del personal directivo, docente y administrativo de la sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que mediante los artículos 7 y 8 de la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Docente, se establece que el Ministerio de Educación regula la gestión de la formación en servicio, con el fin de organizar y desarrollar, a favor de los docentes en servicio, la actualización , actividades de formación y especialización, que respondan a las demandas de aprendizaje de los estudiantes y la comunidad o de la gestión de la institución educativa y las necesidades reales de la formación de los docentes;

Que mediante el Decreto Legislativo N ° 1465 se establecen medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el marco de las acciones preventivas del gobierno contra el riesgo de propagación de COVID-19, y se autoriza la adquisición de dispositivos de información. electrónicos y / o electrónicos para ser entregados a las Instituciones Educativas seleccionadas;

Que, mediante Decreto Supremo N ° 006-2020-MINEDU, se aprueban los criterios de focalización de estudiantes y docentes beneficiarios en el marco del Decreto Legislativo N ° 1465, que establece medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el marco de la prevención acciones del Gobierno contra el riesgo de propagación de COVID-19;

Que, mediante Resolución Ministerial N ° 334-2020-MINEDU, se aprueben los lineamientos pedagógicos sobre el uso y uso de tabletas en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular en los niveles de educación primaria y secundaria, para la prestación de servicios educativos dentro del marco de la emergencia sanitaria generada por COVID-19;

Que, mediante Resolución Ministerial N ° 400-2020-MINEDU, se aprueban los “Lineamientos para el Manejo de Tabletas y sus Suplementos en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular”;

Que, bajo este marco normativo, mediante Oficio No. 1116-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente envía el Informe No. 01630-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DIFODS a la Viceministerial de Gestión Pedagógica, complementado con Informe No 00009-2021-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DIFODS, elaborado por la Dirección de Formación Docente en Servicio, dependiente de la citada Dirección General, mediante el cual se sustenta la necesidad de aprobar la normativa documento denominado “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Fortalecimiento de las competencias de los docentes que utilizan dispositivos electrónicos portátiles”, con el objetivo de establecer los propósitos, criterios, estrategias y responsabilidades de los órganos de gestión educativa descentralizados en la implementación del programa con el fin de Asegurar el desarrollo de habilidades digitales y maximizar el uso pedagógico de herramientas y recursos digitales que inciden en los procesos de enseñanza. Aprendizaje en instituciones educativas interculturales multi-didácticas, multigrados y bilingües;

Que, mediante Informe N ° 01692-2020-MINEDU / SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emitió una opinión favorable a la propuesta de documento normativo; en la medida en que se alinea con los documentos de planificación institucional, y desde el enfoque presupuestario, no impone gastos adicionales para la Ficha 010: Ministerio de Educación a los ya autorizados en el numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley N ° 31084, Ley del Presupuesto del sector público para el año fiscal 2021;

Que, mediante Informe No. 01474-2020-MINEDU / SG-OGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica emitió un dictamen favorable al documento normativo, sugiriendo continuar con el proceso correspondiente para su aprobación;

Que de acuerdo con el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N ° 571-2020-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la emisión y aprobación de la resolución actos que aprueben, modifiquen o dejen sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N ° 26510; El Decreto Legislativo No. 1465, que aprueba medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el marco de las acciones preventivas del gobierno contra el riesgo de propagación de COVID-19; El Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y en virtud de las facultades delegadas por Resolución Ministerial N ° 571-2020-MINEDU;

RESUELTO:

Articulo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Fortalecimiento de las competencias de los docentes que utilizan dispositivos electrónicos portátiles”; el mismo que, como anexo, forma parte de esta resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de esta Resolución y su anexo en el Sistema de Información Legal Educativa (SIJE), ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de publicación de esta Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publique.

BALONES KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA
Viceministro de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 21/01/2021]


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