ESTAS MEDIDAS QUE DEBES CUMPLIR DEL 17 AL 23 DE MAYO: El gobierno peruano informó que se establecieron una serie de medidas enfocadas a cada provincia de acuerdo al nivel de alerta que entró en vigencia el 10 de mayo.
El Gobierno peruano ha dispuesto una serie de medidas específicas para enfrentar la segunda ola de la pandemia de coronavirus en Perú. Estas restricciones entrarán en vigor desde el lunes 10 al domingo 30 de mayo, según el nivel de alerta sanitaria en el que se encuentre cada provincia.
Las nuevas disposiciones establecieron que 33 provincias del país estarán en el nivel de riesgo extremo. Mientras que 155 provincias pasarán al nivel de riesgo muy alto, incluidas Lima Metropolitana y Callao. Finalmente, 8 ubicaciones estarán en el nivel alto.
En este sentido, el Gobierno estableció medidas restrictivas según el nivel de alerta en cada provincia que se deba cumplir. A continuación, te contamos qué está permitido y qué no está permitido según el Decreto Supremo No. 092-2021-PCM.
QUÉ ?? PUEDES HACER Y QUE ?? NO DEL 17 AL 23 DE MAYO SEGÚN SU NIVEL DE ALERTA
PROVINCIAS CON NIVEL EXTREMO DE ALERTA:
Las provincias que se encuentran en nivel de alerta extrema: Ã ?? ncash (Huarmey), Apurímac (Abancay, Chincheros y Grau), Arequipa (Islay), Ayacucho (Huamanga, Huanta y La Mar), Cajamarca (Hualgayoc), Cusco (Cusco, Anta, Canchis), Huancavelica (Tayacaja), Huá nuco (Ambo y Leoncio Prado), Ica (Chincha), Junín (Concepción, Chanchamayo, Jauja, Satipo, Tarma y Yauli), La Libertad (Virú), Lambayeque (Chiclayo y Lambayeque), Madre de Dios (Tambopata), Pasco ( Oxapampa), Puno (Puno, Melgar, San Román Yunguyo) y San Martín (Bellavista y Lamas).
HORAS RESTANTES:
• De lunes a sábado el toque de queda (inmovilización social obligatoria) será a partir de las 21:00 horas. a las 4:00 am. el día siguiente.
• Los domingos la inmovilización social obligatoria será las 24 horas del día. Está prohibido salir.
• Restricción de vehículos privados: domingos todo el día.
¿¿NO ESTE?? PERMITIDO:
• Uso de playas.
• Reuniones en espacios abiertos y cerrados.
• Eventos masivos, carnavales, fiestas tradicionales.
Sí ?? ¿¿ES?? PERMITIDO:
• Los establecimientos comerciales deben cerrar tres horas antes del inicio del toque de queda.
• Transporte terrestre interprovincial: permitido con una capacidad del 50% al 100%, de acuerdo con las disposiciones para viajes terrestres interprovinciales durante la emergencia nacional.
Capacidad permitida en espacios cerrados:
• Casinos y máquinas tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 20%.
• Almacenes generales, centros comerciales, galerías, conglomerados y grandes almacenes: 20%.
• Tiendas proveedoras de productos básicos, supermercados, mercados, almacenes y farmacias: 40%.
• Restaurantes y afines en áreas internas con ventilación: 30%. Se permite la entrega de 4:00 am a 11:00 pm de lunes a domingo.
• Templos y lugares de culto: 20%.
• Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y otros: 30%
• Artes escénicas en espacios abiertos (están prohibidas las manifestaciones masivas, carnavales y fiestas tradicionales): 20%.
• Actividades de asociaciones y clubes deportivos: 30%.
• Peluquerías, spa, peluquerías y afines (con ventilación): 40% previa cita.
• Bancos y otras entidades financieras: 40%.
• Entrega de farmacias y droguerías: 24 horas al día.
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