PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA ECARGATURA DOCENTE
- ¿Qué es una orden?
Es la oportunidad para que los maestros designados ocupen temporalmente un cargo de mayor responsabilidad, sin exceder el año escolar (hasta el 31 de diciembre), mediante un procedimiento de selección.
- ¿A qué posiciones se accede a través de un pedido?
Los docentes pueden ocupar los siguientes cargos en instituciones educativas públicas, gestionadas directamente y gestionadas de forma privada por convenio:
• Cargos jerárquicos: jefe de laboratorio, jefe de taller, coordinador de tutorías y orientación educativa (TOE), coordinador pedagógico y coordinador académico del CETPRO.
• Cargos gerenciales: directores y subdirectores de instituciones educativas.
• Especialistas en educación en DRE y UGEL.
3 ¿Cuáles son los tipos de pedidos?
• Asignación de cargo: Se autoriza en un cargo orgánico vacante debidamente presupuestado o en un cargo vacante generado por la ausencia temporal del titular.
• Asignación de funciones: Se autoriza, únicamente, a asumir el cargo de director de una institución educativa en caso de que no cuente con un cargo orgánico vacante y presupuestado. El maestro a cargo sigue ejercitando
su labor docente en el aula y asume las funciones de director.
• Comisión excepcional: Se autoriza, únicamente, para casos específicos por un período menor a treinta (30) días, además de sus funciones. No genera derecho a recibir pago por diferencia de jornada y / o asignaciones.
4 ¿Quién puede participar?
Pueden participar los profesores designados a partir de la segunda escala docente, según el puesto al que deseen postularse. Es importante destacar que los profesores pueden postularse para un solo puesto, si se detectan más postulaciones serán dadas de baja de todas.
5 ¿Cuáles son los requisitos generales para postularse?
• Tener título de profesor o título en Educación, según la modalidad, nivel o área curricular de la plaza.
• Haber aprobado la última evaluación de desempeño en el puesto.
• Haber superado la última evaluación de desempeño docente. Este requisito está suspendido.
• Presentar la declaración jurada (anexo 2).
Adicionalmente, el docente debe cumplir con los requisitos específicos según el puesto al que se postule.
6 ¿Cuándo y dónde se envía el archivo de solicitud? Para postularse, los docentes deberán presentar su postulación y los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos y criterios de evaluación por parte de la junta de
partes, virtuales o físicas, de la instancia correspondiente, según el cargo que corresponda:
• Para posiciones jerárquicas, se presenta a la institución educativa.
• Para cargos directivos ante UGEL.
• Para especialistas en educación ante el DRE o UGEL, según corresponda.
El proceso de registro se inicia en noviembre para la etapa de selección regular y en diciembre para la etapa de selección especial, según el cronograma regional.
7 ¿Cómo sabré qué puestos habrá en mi región para postular?
Las direcciones regionales de educación deben publicar y difundir los puestos a cubrir a nivel regional, con base en la información que brinden las UGEL de su jurisdicción.
La publicación del listado definitivo de plazas a cubrir se realiza a partir del primer día hábil de noviembre en los respectivos portales institucionales, redes sociales y otros medios de comunicación masiva a disposición de la sede de la DRE y la UGEL.
¿Cuáles son los beneficios de un pedido?
A través de una asignación, los docentes adquieren experiencia en la gestión educativa y mejoran sus ingresos, ya que aquellos docentes con jornada de 30 horas reciben una asignación adicional de 10 horas diarias y una asignación para el puesto. Según su escala docente, por ambos conceptos, recibirán en total las siguientes cantidades además de su retribución.
Llegar aquí Orden del maestro 2021