Los diputados de la Agrupación Parlamentaria de PERÚ LIBRE, a iniciativa del Congresista PASIÓN NEOMIAS DÁVILA ATANACIO, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú, de conformidad con los artículos 750 y 760 del Reglamento del Congreso de la República. , proponer la siguiente iniciativa legislativa:
FACTURA
El Congreso de la República,
Ha dado la siguiente Ley:
LEY QUE ESTABLECE LA ADMISIÓN GRATUITA Y GRATUITA A LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS
Artículo 1. Modificación de los artículos 970 y 980 de la Ley N ° 30220, Ley Universitaria
Modificar los artículos 971 y 981 de la Ley N ° 30220, Ley Universitaria, de acuerdo con el siguiente texto:
Artículo 97. Estudiantes
Los estudiantes universitarios de pregrado son aquellos que, habiendo cursado previamente estudios de educación
secundaria, se matriculan libre y gratuitamente a una vacante, y se matriculan en ella.
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Fuente: MINEDU
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