Oficialización del Bono Navideño Feriado Nacional de S / 300 para el Sector Público (DU N ° 063-2021)

Oficialización del Bono Navideño Feriado Nacional de S / 300 para el Sector Público (DU N ° 063-2021)



EL EJECUTIVO APRUEBA TAMBIÉN MEDIDAS PARA FOMENTAR LAS INVERSIONES: El Ejecutivo aprobó el bono de 300 soles correspondiente a Fiestas Patrias y Navidad de este año para el personal del sector público y pensionados; así como otras medidas para impulsar la inversión pública.

Así se estableció mediante Decreto de Urgencia No. 063-2021 publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma establece que las Bonificaciones por Fiestas Patrias y Navidad para este año son de 300 soles y se incluyen en la nómina correspondiente a julio y diciembre, respectivamente, para los funcionarios y servidores designados y contratados en el régimen laboral del Decreto Legislativo N ° 276, Ley N ° 29944 y Ley N ° 30512.

También para los profesores universitarios a que se refiere la Ley N ° 30220; el personal de la Salud a que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo No. 1153; trabajadores permanentes y temporales en el Sector Público.

Asimismo, el personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú; y los pensionados a cargo del Estado incluidos en los regímenes de la Ley N ° 15117, Decretos Leyes N ° 19846 y N ° 20530, Decreto Supremo N ° 051-88-PCM y Ley N ° 28091.

Beneficio extraordinario transitorio

Por otro lado, la norma establece que el Beneficio Temporal Extraordinario (BET) fijo en el marco del Decreto de Urgencia No. 038-2019 se determina considerando el monto recibido a diciembre de 2019.

“A tal efecto, las entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobiernos Locales tienen el plazo para enviar la información solicitada por la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 13 de agosto de 2021”, especifica la norma.

Traslados

El reglamento también autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar transferencias financieras hasta por la cantidad de 22 millones 42,075 soles, previa suscripción de los respectivos Convenios y / o Adendas, a favor de varios Gobiernos Locales, para el financiamiento de la ejecución y supervisión de seis proyectos de inversión en saneamiento rural.

También se autoriza excepcionalmente, durante el Ejercicio 2021, a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales incluidos en los Anexos I, IV y VII de la Ley N ° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2021, para realizar modificaciones presupuestarias en la programática funcional. nivel con cargo a los recursos de su presupuesto institucional que fueron asignados en los Anexos antes mencionados, para financiar únicamente inversiones en el ámbito del Sistema Nacional de Programación y Gestión Plurianual de Inversiones que se encuentren en ejecución física o en proceso de liquidación, con la opinión previa favorable de la respectiva entidad del Gobierno Nacional sobre la inversión sujeta a cancelación; sujeto a la normativa vigente.

El mencionado Decreto de Emergencia también aprueba otras medidas, incluida una referida al Indecopi.

La norma lleva la firma del presidente de la República, Francisco Sagasti; la jefa del Gabinete Ministerial, Violeta Bermúdez; el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza; y el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Solangel Fernández.

DU No. 063-2021.- Establecen medidas extraordinarias complementarias durante el Ejercicio 2021 para promover la revitalización de las inversiones en el marco de la reactivación económica y la ejecución del gasto público; así como para el otorgamiento del Aguinaldo para Fiestas Patrias 2021 y demás disposiciones


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