RESOLUCIÓN VICE-MINISTERIAL
N ° 010-2021-MINEDU
Lima, 12 de enero de 2021
VISTOS los informes contenidos en el expediente No. 0159968-2020, Informe No. 00024-2021-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, de conformidad con con la política general del Estado;
Que, en el literal h) del artículo 80 de la citada Ley se establece que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la gestión pública. carrera docente;
Que, el artículo 7 de la Ley N ° 30493, Ley que regula la política de remuneración del asistente educativo en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley 29944, Ley de Reforma Docente, indica que el Ministerio de Educación establece el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de auxiliares de educación considerando el trabajo del auxiliar de educación, igualmente; Mediante Decreto Supremo No. 012-2018-MINEDU, se modifica el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, que regula los requisitos para acceder al cargo de asistente educativo;
Que, mediante Resolución Viceministerial No. 023-2019-MINEDU, la Norma Técnica denominada “Norma para la contratación de auxiliares de educación en instituciones educativas públicas de los niveles de Educación Inicial y Secundaria de Educación Básica Regular y de los niveles de Inicial y Primaria Educación de Educación Básica Especial ”, que establece criterios y procedimientos técnicos para la organización, implementación y ejecución del proceso de contratación de auxiliares de educación, con el propósito de fortalecer y garantizar la calidad del servicio educativo en las instituciones educativas Públicas de Educación Básica Regular y Especial. Educacion basica.
RESUELTO:
Artículo 1.- Incorporar la disposición complementaria 7.14 a la Norma Técnica denominada “Norma para la contratación de auxiliares docentes en instituciones educativas públicas de los niveles de Educación Inicial y Secundaria de Educación Básica Regular y de los niveles de Educación Inicial y Primaria de Educación Básica Especial”, aprobado mediante Resolución Viceministerial No. 023 -2019- MINEDU, con el siguiente texto:
7.14 Disponer que para el año 2021 el proceso de contratación de auxiliares educativos en La educación básica regular en los niveles inicial y secundario y en la educación básica especial, podrá desarrollarse de manera virtual o presencial, según corresponda, y se regirá por el siguiente cronograma: