Modificar el “Registro de Instituciones Públicas de Educación Primaria enfocadas con plazas de Docentes de Educación Física para el Ejercicio 2021” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N ° 224-2021-MINEDU

Modifican el “Registro de Instituciones Públicas de Educación Primaria enfocadas con plazas de Profesores de Educación Física para el Ejercicio 2021”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N ° 224-2021-MINEDU

Lima, 16 de julio de 2021

VISTO, Expediente No. 0028167-2021, Informes No. 013-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR-DEFID, No. 026-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR-DEFID y No. 010-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR – DEFID-VPR de la Dirección de Educación Física y Deportes de la Dirección General de Educación Básica Regular, Informe No. 00855-2021-MINEDU / SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, Informe No. 00867-2021-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, de acuerdo con las normas generales del Estado. política;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la Ley N ° 28044, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector, y implementar la Carrera Magisterial Pública;

Que, el artículo 3 de la Ley No. 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación está bajo la dirección y dirección del Ministerio de Educación; Asimismo, de conformidad con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones directivas y técnico-normativas del Ministerio de Educación, para formular, planificar, dirigir, ejecutar, fiscalizar. y evaluar la política nacional y sectorial bajo su jurisdicción, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas relacionadas con sus campos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 76 de la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Docente, establece que los puestos vacantes existentes en instituciones educativas no cubiertos por nombramiento se atienden mediante concurso público de contratación docente;

Que, el artículo 1 ° de la Ley N ° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, establece que el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Docente, tiene como finalidad permitir la contratación temporal de los docentes. en las instituciones educativas públicas de educación básica y técnica productiva; Asimismo, establece que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Educación, se regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación en el marco del Contrato de Servicio Docente; así como las características para su renovación;

Que, literal c) del numeral 6.3.1 de la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de docentes y su renovación, en el marco del contrato de servicio docente en educación básica, referido en la Ley N ° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones ”, aprobado por el artículo 1 del Decreto Supremo N ° 015-2020-MINEDU, establece que para el proceso de contratación de docentes se consideran vacantes, entre otras, las horas para completar el currículo del área curricular de educación física en la educación básica regular del nivel elemental;

Que mediante el artículo 1 de la Resolución Viceministerial No. 036-2021-MINEDU, se aprueba el “Registro de Instituciones Públicas de Educación Primaria enfocadas con plazas de Maestros de Educación Física para el Año Fiscal 2021”;

Que en el marco de las disposiciones legales antes mencionadas, mediante Oficio No. 00198-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular envía el Informe No. 013-2021-MINEDU / a la Viceministerial de Gestión Pedagógica. VMGP-DIGEBR-DEFID, complementado con Informes No. 026-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR-DEFID y No. 010-2021-MINEDU / VMGP-DIGEBR-DEFID-VPR, elaborado por la Dirección de Educación Física y Deportes, a través de que se propone y respalda la necesidad de modificar el registro aprobado por el artículo 1 de la citada Resolución Viceministerial No. 036-2021-MINEDU (en adelante, el proyecto de resolución); lo que permitirá continuar con la implementación del Currículo Nacional de Educación Básica en el área de Educación Física;

Que de acuerdo con los documentos adjuntos al expediente, la Dirección Técnica Reguladora del Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente emitió un dictamen favorable al proyecto de resolución;

Que mediante Informe No. 00855-2021-MINEDU / SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con la aprobación del proceso. del proyecto de resolución; ya que está alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y no incurrirá en gastos adicionales a la Ficha 010: Ministerio de Educación;

Que, asimismo, con Informe No. 00867-2021-MINEDU / SG-OGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta los dictámenes técnicos emitidos, considera que la aprobación del proyecto la resolución sea legalmente viable, sugiriendo continuar con el proceso correspondiente para su aprobación;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N ° 001-2015-MINEDU, es función de la Viceministerial de Educación. Gestión Pedagógica para aprobar actos de resolución y reglamentos documentales en el ámbito de su competencia;

De acuerdo con la Ley N ° 28044, Ley General de Educación; Ley N ° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Ley N ° 29944, Ley de Reforma Magisterial; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU;

RESUELTO:

Articulo 1.- Modificar el “Registro de Instituciones Públicas de Educación Primaria enfocadas a los puestos de Docente de Educación Física para el año fiscal 2021”, aprobado por el artículo 1 de la Resolución Viceministerial No. 036-2021-MINEDU; el mismo que se redactará de acuerdo con el anexo que forma parte de esta resolución.

Artículo 2.- Ordenar la publicación de esta resolución y su anexo en el Sistema de Información Legal para la Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de publicación de esta resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y sea publicado.

BALONES KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA

Viceministro de Gestión Pedagógica

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Fuente: Diario El PERUANO

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