Artículo 1.- Objeto
El propósito de este Reglamento es:
a) Describir y reglamentar los componentes del Programa Nacional de Becas y Préstamos Educativos – PRONABEC.
b) Regular el otorgamiento de becas y créditos educativos, orientados a atender las necesidades del país y poblaciones vulnerables o en situaciones especiales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N ° 29837.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
El presente Reglamento es de observancia general y obligatoria para los solicitantes, beneficiarios de becas y créditos educativos para estudios en el Perú o en el extranjero, para el nivel superior, becas especiales y créditos especiales destinados a atender las necesidades del país y poblaciones vulnerables o en situaciones especiales que PRONABEC subvenciona, gestiona o canaliza
El PRONABEC es una estructura funcional encargada del diseño, planificación, gestión, seguimiento y evaluación de las becas y créditos educativos a su cargo, depende del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación – MINEDU.