Lima, 1 de mayo de 2020
VISTO, expediente No. MPT2020-EXT-0062185, Oficio No. 1232-2020-MINEDU / VMGI-PRONIED de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); Informe No. 072-2020-MINEDU / VMGI-PRONIED-UGM suscrito conjuntamente por la Unidad de Gestión de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva de PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE), la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED ) y la Dirección General de Gestión de la Calidad Escolar (DIGC); Informe No. 265-2020-MINEDU / VMGI-PRONIED-OAJ de la Asesoría Jurídica PRONIED; Memorando No. 00301-2020-MINEDU / SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; Informe No. 00522-2020-MINEDU / SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y; Informe No. 00510-2020-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MINEDU y;
CONSIDERANDO:
Que, en el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia No. 025-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas urgentes y excepcionales encaminadas a fortalecer el Sistema de Vigilancia y Respuesta en Salud frente a COVID-19 en el territorio nacional, autorizó el Ministerio de Educación, durante el período Fiscal Año 2020, a ser financiado con los recursos de su presupuesto institucional, y sin exigir recursos adicionales al Tesoro Público, la adquisición de equipos menores (Kits de Higiene) a que se refiere el numeral 10.4, en el marco del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020 , para mantener adecuadas condiciones de salud en los espacios e infraestructura educativos, hasta la suma de S / 165,000,000.00 (CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES);
Que de acuerdo con el numeral 10.2 del Decreto de Emergencia No. 025-2020, el monto correspondiente para la adquisición de los Kits de Higiene mencionados en el numeral 10.1, se desembolse directamente, mediante un crédito en una cuenta abierta en el Banco de la Nación el nombre del director de la institución educativa pública, propietario o administrador, bajo la modalidad de subsidios;
Que el numeral 10.4 del Decreto de Emergencia señalado, indica que el Ministerio de Educación emite las disposiciones complementarias que sean necesarias para la implementación de lo dispuesto en este artículo, incluyendo la definición del contenido de los Kits de Higiene;
Que mediante Resolución Ministerial N ° 009-2019-MINEDU se aprobó la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos”, que tiene como objetivo establecer disposiciones generales sobre las responsabilidades, etapas y procesos transversales del Programa de Mantenimiento. en locales educativos de instituciones educativas públicas a nivel nacional;
Que mediante Resolución Ministerial N ° 137-2020-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica (NT-057-01-PRONIED) denominada “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Instalaciones Educativas 2020”, que tiene como objetivo establecer disposiciones específicas sobre la etapas y criterios para la asignación y uso de los recursos económicos del Programa de Mantenimiento de locales educativos a nivel nacional para el año 2020, que incluye el mantenimiento preventivo y / o correctivo de los locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y / o correctivo de bicicletas en el marco de la intervención de rutas solidarias, el mejoramiento de los servicios de salud, la adquisición de útiles escolares y de papelería, materiales de uso pedagógico y equipamiento menor;
Que, mediante Resolución Directoral No. 71-2020-MINEDU / VMGI-PRONIED, se aprobó la Lista de locales educativos beneficiarios para la adquisición de equipos menores (kits de higiene) en el marco del Programa de Mantenimiento Educativo;
Que, mediante Decreto Supremo No. 044-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación como consecuencia del brote de COVID-19, por un período de 15 días calendario, también proporcionó, entre otros, aislamiento social obligatorio (cuarentena). El referido plazo ha sido prorrogado por el Decreto Supremo No. 051-2020-PCM, No. 064-2020-PCM y No. 075-2020-PCM hasta el 10 de mayo de 2020. Asimismo, el Decreto Supremo No. 044 -2020-PCM , ha sido especificado o modificado por los Decretos Supremos No. 045-2020-PCM, No. 046-2020-PCM, No. 051-2020-PCM, No. 053-2020-PCM, No. 057-2020 -PCM, N ° 058-2020-PCM, N ° 061-2020-PCM, N ° 063-2020-PCM, N ° 064-2020-PCM, N ° 068-2020-PCM, y N ° 072-2020-PCM;
Que, es necesario precisar que el Decreto Supremo N ° 072-2020-PCM modifica el Decreto Supremo N ° 044-2020-PCM, para incorporar el literal n) al numeral 4.1 del artículo 4, a fin de permitir la circulación por las vías públicas. uso para la prestación y acceso, entre otros bienes y servicios esenciales, de los servicios necesarios para la adquisición, transporte y distribución de insumos para el mantenimiento de infraestructura y equipos menores (kits de higiene) para la prevención de COVID-19, en el correspondiente niveles educativos;
Que, por otro lado, mediante Decreto Supremo No. 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), el mismo que tiene como objetivo ampliar, mejorar, reponer, rehabilitar y / o construir infraestructura educativa pública. de Educación Básica y Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo su mantenimiento y / o equipamiento, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los demás niveles de gobierno, y de manera planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en infraestructura educativa, con el fin de contribuir a mejorar la calidad de la educación en el país;
Que, el artículo 32 del Manual de Operaciones del PRONIED (MOP), aprobado por Resolución Ministerial No. 034-2016-MINEDU, establece que la Unidad de Gestión de Mantenimiento (UGM) es la encargada de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y / o rehabilitación) de locales escolares en todos los niveles y modalidades de Educación Básica y Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva;
Que, en este contexto, mediante Oficio No. 1232-2020-MINEDU / VMGI-PRONIED, la Dirección Ejecutiva del PRONIED transfiere al Viceministerio de Gestión Institucional del MINEDU, una propuesta de Norma Técnica denominada “Disposiciones para la adquisición de equipos menores (Kits de Higiene) en el marco del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020 ”, así como el correspondiente soporte técnico y legal, contenido en el Informe No. 072-2020-MINEDU / VMGI-PRONIED-UGM firmado conjuntamente por la Unidad Gerente de Mantenimiento de PRONIED, la Dirección Ejecutiva de PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE), la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), y la Dirección General de Calidad de Gestión Escolar (DIGC); Informe No. 265-2020-MINEDU / VMGI-PRONIED-OAJ de la Asesoría Jurídica PRONIED;
Que, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto (OPEP) de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Memorando N ° 00301-2020-MINEDU / SPE-OPEP, envía Informe N ° 00522-2020-MINEDU / SPE- OPEP-UPP, elaborado por la Unidad de Planificación y Presupuesto, que indica que el anteproyecto de Norma Técnica está alineado con los Objetivos Estratégicos del Sector Educación, y que no tiene impacto en el presupuesto de la Ficha 010: Ministerio de Educación, ya que dicho proyecto se financia con los recursos señalados en el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia No. 025-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas urgentes y excepcionales encaminadas a fortalecer el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria contra COVID-19 en el territorio nacional;
Que, la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación mediante Informe No. 000510-2020-MINEDU / SG-OGAJ, concluye que la aprobación de la Norma Técnica “Disposiciones para la adquisición de equipos menores (Kits de Higiene) en el marco del Programa de Mantenimiento de Instalaciones Educativas 2020 ”;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N ° 26510; en el Decreto de Urgencia No. 025-2020, Decreto de Urgencia denominado Dictan medidas urgentes y excepcionales encaminadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta en Salud frente a COVID-19 en el territorio nacional; en el Decreto Supremo No. 004-2014-MINEDU que creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa; en Resolución Ministerial N ° 034-2016-MINEDU que aprobó el Manual de Operaciones del PRONIED, modificado por Resolución Ministerial N ° 341-2017-MINEDU; en la Resolución del Secretario General No. 090-2020-MINEDU; y en el Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
RESUELTO:
Articulo 1.- Derogar la Norma Técnica “Provisiones para la adquisición de equipamiento menor (Kits de Higiene) en el marco del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020“, Aprobado mediante Resolución Ministerial N ° 149-2020-MINEDU.
Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la adquisición de equipos menores (Kits de Higiene) en el marco del Programa de Mantenimiento de locales educativos 2020”, que como Anexo forma parte integrante de esta resolución.
Artículo 3.- Ordenar la publicación de esta Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Legal de la Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y sea publicado.
CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
ministro de Educación
Fuente: Educacionenred.pe