Aprobar el “Diseño Curricular Básico Nacional de Formación Docente Inicial – Programa de Estudios de Educación Secundaria, especialidad Matemáticas”
RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N ° 076-2020-MINEDU
Lima, 9 de marzo de 2020
VISTO, expediente No. 0014378-2020, los informes contenidos en dicho expediente e Informe No. 343-2020-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como objetivo el desarrollo integral de la persona humana; correspondiente al Estado para coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudio, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;
Que el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, de acuerdo con la política general del Estado;
Que, mediante la Ley N ° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, en adelante Ley, regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Pública y Privada. Escuelas de educación superior; así como, el desarrollo de la carrera docente pública de los Institutos de Educación Superior y Escuelas Públicas de Educación Superior;
Que, de acuerdo con el literal c) del artículo 62 de la Ley, es competencia del Ministerio de Educación, en materia de Educación Superior Pedagógica, planificar y elaborar los diseños curriculares nacionales básicos de la Educación Superior Pedagógica y establecer las lineamientos para su diversificación;
Que, de acuerdo al numeral 12.1 del artículo 12 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo No. 010-2017-MINEDU, los programas de estudio en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica son establecidos por el Ministerio de Educación y contextualizados por el propio Ministerio. Colegio;
Que, por su parte, la Disposición Complementaria Transitoria Decimonovena del citado Reglamento, indica que los Institutos de Educación Superior Pedagógica deben adecuar la gestión curricular de sus carreras de acuerdo con los lineamientos académicos generales y los programas de estudio de las especialidades que se encuentran progresivamente. regulado por el Ministerio de Educación; Asimismo, señala que mientras tanto los Institutos de Educación Superior Pedagógica continúan gestionando el servicio con base en el correspondiente Diseño Curricular Básico Nacional;
Que, mediante Resolución Directoral No. 0165-2010-ED, se aprueba el “Diseño Curricular Básico Nacional para la carrera profesional pedagógica de Educación Secundaria, especialidad Matemáticas”; para su aplicación por los Institutos Pedagógicos de Educación Superior;
Que en el marco de las disposiciones legales antes mencionadas, mediante Oficio No. 308-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente envía el Informe No. 113-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD a la Viceministerial Oficina de Gestión Pedagógica -DIFOID, elaborado por la Dirección de Formación Docente Inicial, dependiente de la citada Dirección General, mediante la cual se apoya la necesidad de aprobar el “Diseño Curricular Básico Nacional de Formación Docente Inicial – Programa de Estudios de Educación Secundaria, especialidad Matemáticas” , Que establece el Perfil de Egresado de la Formación Docente Inicial como el centro de una propuesta de formación integral dirigida a desarrollar habilidades personales y profesionales en los estudiantes que les permitan desenvolverse de manera ética, eficiente y eficaz en su práctica docente;
Con la visa de la Secretaría de Planificación Estratégica; de la Dirección General de Desarrollo Docente; de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Servicios Interculturales Bilingües y Educativos en Zonas Rurales; la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación; la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto y la Oficina General de Asesoramiento Jurídico;
De conformidad con el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N ° 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU;
RESUELTO:
Articulo 1.- Aprobar el “Diseño Curricular Básico Nacional de Formación Docente Inicial – Programa de Estudios de Educación Secundaria, especialidad Matemáticas”, el mismo que forma parte de un anexo de esta resolución.
Artículo 2.- Disponer que los Institutos de Educación Superior Pedagógica adapten progresivamente su servicio al “Diseño Curricular Básico Nacional de Formación Docente Inicial – Programa de Estudios de Educación Secundaria, especialidad Matemáticas”, aprobado por el artículo 1 de esta resolución.
Artículo 3.- Establecer que los Institutos de Educación Superior Pedagógica, siempre que cumplan con lo señalado en el artículo 2 de esta resolución, podrán continuar gestionando su servicio en base al “Diseño Curricular Básico Nacional para la carrera profesional pedagógica de Educación Secundaria, especialidad Matemáticas “, aprobada mediante Resolución Directoral No. 0165-2010-ED, la cual quedará derogada una vez transcurrido el término a que se refiere la Disposición Complementaria Transitoria Decimocuarta del Reglamento de la Ley No. 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y del Público. Carrera de sus Maestros, aprobado por Decreto Supremo N ° 010-2017-MINEDU, modificado por el artículo 1 ° del Decreto Supremo N ° 008-2018-MINEDU.
Artículo 4.- Ordenar la publicación de esta resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de la Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y sea publicado.
ANA PATRICIA ANDRADE PACORA
Viceministro de Gestión Pedagógica
1863042-1
Si te gustó compártelo en tus redes sociales
FUENTE: ELPERUANO