Minedu: Instrucciones con disposiciones específicas para cada tipo de proceso de matrícula en el año escolar 2022
Estas instrucciones son aplicables a los procesos de matrícula de estudiantes de instituciones educativas públicas y privadas y programas de Educación Básica para el año escolar 2022.
Los siguientes apartados desarrollan disposiciones específicas para llevar a cabo cada tipo de proceso de matrícula, regular o excepcional, de los alumnos en la etapa de Educación Básica para el curso 2022.
● El director de la institución educativa o el responsable del programa de Educación Básica es el responsable de cumplir con las disposiciones específicas de este documento.
● Son las Unidades de Gestión Educativa Local y las Direcciones Territoriales de Educación, o quienes actúen en su lugar, el cumplimiento de las disposiciones específicas de este documento.
● Los representantes legales y / o estudiantes mayores de 18 años son responsables de cumplir con las disposiciones específicas de este documento.
Tipos de proceso de inscripción
Todas las NNAJA tienen la posibilidad de acceder a un IE o programa en cualquier época del año. Por este motivo, existen dos tipos de proceso de matrícula: regular y excepcional. 6.1 Proceso regular
Tiene lugar antes del inicio del año escolar o período promocional, dentro del trimestre anterior al inicio de clases. Es un proceso de alcance masivo, ya que se atienden varias solicitudes en paralelo. Como parte del Plan de Gobierno Digital, el MINEDU ha desarrollado el Sistema de Matrícula Digital, el cual se implementará a nivel nacional de manera progresiva. Para el año escolar 2022 se implementará en UGEL Tacna. Para obtener más información, puede visitar el sitio web para directores o el sitio web matriculadigital.pe.
Proceso excepcional
Tiene lugar en cualquier momento durante el año escolar o período promocional, después de que hayan comenzado las clases y antes del final del año escolar o período promocional. Es un proceso de alcance individual, ya que las solicitudes son atendidas una a una, según el orden de presentación. Si bien la Política de Matrícula especifica que la matrícula excepcional se puede realizar hasta el final del año escolar, pues demora 07 días hábiles en finalizar y debe realizarse antes de la emisión de la última nómina y el registro de evaluación. final, el plazo máximo para la presentación de solicitudes será hasta el 22 de noviembre de 2022. En la modalidad EBA, por dos periodos promocionales por año, el plazo de inscripción es hasta el inicio del último mes del periodo promocional de la titulación respectiva.
Requisitos
● Si al 31 de marzo de 2022 el alumno tiene seis (06) años o menos, solo deberá indicar el código del alumno y se le asignará en el apartado o grado correspondiente según la edad normativa.
● Si al 31 de marzo de 2022 el alumno tiene siete (07) años o más, deberá indicar el código del alumno y realizar una prueba de nivel8 o, en su caso, el proceso de validación, revalidación o reconocimiento de estudios independientes, de acuerdo con lo dispuesto en los párrafos 5.2.2 y 5.2.3.6 de la Resolución Viceministerial No. 094-2020-MINEDU.
Para la continuidad o reincorporación regular, el director del nuevo IE o el responsable del programa deberá emitir la Resolución Directoral que formalice el traslado del estudiante a su IE o programa. Asimismo, en ambos casos, el director del IE de origen o responsable del programa podrá considerar como vacante el cupo del alumno tras la emisión de dicha Resolución. En la transferencia de una EI o programa, la presentación del certificado de estudios o el informe de progreso en la EI de destino no son requisitos para la continuidad o reincorporación regular, pero constituyen información relevante para el estudiante y su trayectoria educativa9. Solo si está previsto en su RI y ha sido comunicado a la comunidad educativa, el II.EE. Las instituciones privadas de destino podrán solicitar el certificado de estudios al estudiante, o su representante legal, como parte de los requisitos del proceso de matrícula.
Cambios de modalidad:
● Si pasa de EBR a EBA, el estudiante no podrá regresar a un programa de IE o EBR. Tendrás que finalizar tus estudios en una EBA EBA.
Además, el alumno no podrá pasar de EBA a EBR.
● Si pasa de EBE a EBR o EBA, el alumno deberá realizar una prueba de nivel, según se regula en el apartado 5.2.2 de la Resolución Viceministerial N ° 094-2020-MINEDU. El director de la IE debe solicitar el asesoramiento de una plantilla del equipo de SAANEE para garantizar una evaluación pertinente. Este criterio no aplica en el caso de que el alumno presente discapacidad intelectual severa o multidiscapacidad.
● Excepcionalmente, cuando en la localidad donde reside el alumno no se presta el servicio educativo de la modalidad EBA o EBE, podrá estar matriculado en un programa IE o EBR, aunque su edad cronológica sea superior a la normativa de la titulación que le corresponda. , o tiene una discapacidad grave o discapacidad múltiple. En el caso de los alumnos de EBE matriculados en EBR, deberán contar con el apoyo educativo necesario, de acuerdo con la normativa vigente.