Minedu: Disposiciones específicas sobre evaluación de competencias cierre 2021 y curso 2022

Minedu: Disposiciones específicas sobre evaluación de competencias cierre 2021 y curso 2022

Sobre el registro de niveles de logro en el SIAGIE

La comunicación del proceso de desarrollo del niño a la familia es clave, por lo que al final de cada período el padre o cuidador debe ser informado por escrito y en un encuentro presencial o virtual, los avances y dificultades identificadas (conclusiones descriptivas) en con el fin de brindar recomendaciones oportunas para el desarrollo, el bienestar y el logro del aprendizaje. Este informe es adicional al registro en el SIAGIE.

Ciclo I del nivel de Educación Inicial EBR – EBE (PRITE):

Debido a las características de desarrollo y aprendizaje de los niños de esta edad, no se establecen niveles de logro, solo conclusiones descriptivas.

Al final del año se registran las conclusiones descriptivas de cada competencia desarrollada, a partir de la información obtenida durante el proceso de seguimiento del desarrollo del alumno. Dado el contexto, la información es proporcionada por el padre o adulto responsable del niño durante el proceso educativo.

Ciclo II del nivel de Educación Inicial EBR – EBE (CEBE):

En el SIAGIE se registra el nivel de logro AD, A, B alcanzado en cada competencia desarrollada hasta el final del período escolar. No se utilizará el nivel de logro C, porque dada la situación, no todos los niños han podido acceder al servicio educativo de la misma manera, lo que requiere un proceso de evaluación más flexible.

Cada institución educativa, a partir del análisis de su realidad, podrá determinar si el registro de niveles de logro y conclusiones descriptivas en el SIAGIE se realizará una vez al final del año (diciembre) o dos, a mediados de el año (julio) y al final del año (diciembre).

Para determinar los niveles de logro, es fundamental que el docente elabore conclusiones descriptivas de cada competencia desarrollada por sus alumnos. Esto será determinado por la institución educativa (semestral o anual).

Es responsabilidad de los directores y / o especialistas del nivel, según corresponda, orientar la elaboración de dichas conclusiones por parte de los docentes, que apoyen el registro de los niveles de logro en el SIAGIE.

Ciclo I y Ciclo II del nivel de Educación Inicial EBR – EBE (CEBE):

Al finalizar el período lectivo, el docente registrará en el SIAGIE la información relacionada con el desarrollo de las competencias del niño, registrando el último nivel de logro y / o conclusión descriptiva, la misma que debe expresar el estado final del progreso. de sus competencias.

En ambos ciclos, si el docente no ha podido realizar acciones para el desarrollo de alguna de las competencias o no tiene suficiente información (evidencia) para determinar un nivel de logro, lo que se determina en el literal “e” del numeral Se tendrá en cuenta 6, de este documento normativo.

El director y / o maestro de la institución y / o programa educativo en el que se encuentre el niño durante el siguiente período escolar, será responsable de completar los niveles de logro o calificación que quedaron en blanco.

En los servicios de EBE, los procesos de aprendizaje se dan en el marco de generar acciones que permitan a los estudiantes continuar con sus procesos de aprendizaje.

Sobre las condiciones de la promoción

La promoción a nivel de Educación Inicial es automática en el marco de la Resolución Viceministerial N ° 0094-2020-MINEDU. Por tanto, implica que el niño estará matriculado en la siguiente edad o nivel educativo, sin excluir que, si necesita consolidar el desarrollo de competencias, se le dará más tiempo y oportunidades para hacerlo durante el siguiente período escolar.

En el caso de los niños del CEBE, también serán promovidos de forma automática. Si se determina que alguien requiere regresar a la misma edad o salón de clases (Inicial 3, 4 o 5 años), se podrá inscribir nuevamente en este, en el siguiente período escolar. Esta decisión requiere un acuerdo entre la familia y la IE (ver Resolución Viceministerial 094-2020-MINEDU).

Acciones para la consolidación del aprendizaje

El docente debe realizar una evaluación diagnóstica al inicio del año que brinde información sobre el nivel de desarrollo de las competencias de los niños; así como las condiciones y oportunidades que les ofrece su contexto social y familiar para aprender.

● A partir de la información obtenida en la evaluación diagnóstica, el docente identificará el nivel en el que se encuentra el niño, en relación al desarrollo de sus habilidades. Con base en el análisis de la información obtenida (evidencia de aprendizaje), se tomarán decisiones

sobre las acciones que se implementarán durante el período escolar para la consolidación de aprendizajes. Este proceso tendrá una duración flexible, con un corte intermedio a finales de julio en el que el docente podrá informar de los avances y dificultades en el proceso de aprendizaje. De ser necesario, las acciones de consolidación podrán extenderse hasta el final del año o período escolar con la intención de darle al niño más tiempo y oportunidades para alcanzar los niveles esperados de competencias.

Nivel de educación primaria

Sobre el registro de niveles de logro en el SIAGIE

● Solo se pueden registrar los niveles de logro AD, A y B, no se utilizará el nivel de logro C. Si no se cuenta con la información suficiente, el estudiante muestra un progreso mínimo en una o más competencias desarrolladas, presenta dificultades en el desarrollo de las experiencias propuestas y se considera que necesita más tiempo de acompañamiento, se considerará lo que se determine en literal “e “del numeral 6, de este documento normativo, estos le permitirán al docente implementar las acciones que considere para el apoyo en el desarrollo de sus competencias.

● A mediados del año (julio) y al final del año (diciembre), se registrará en el SIAGIE el último nivel de logro o calificación alcanzado por el alumno hasta ese momento en el período lectivo, el mismo que Debe expresar la situación final del progreso de sus habilidades. Será posible registrar los niveles de logro o calificaciones alcanzadas según la escala determinada para su grado.

● En caso de que un estudiante no se haya puesto en contacto con sus maestros, las casillas de calificación de las competencias también se dejarán en blanco en el registro oficial y se completarán cuando alcancen el nivel de logro o calificación requerida para el grado.

Nivel de educación secundaria

Respecto al registro de logros o niveles de calificación en el SIAGIE

El docente registrará en el SIAGIE el último nivel de logro o calificación alcanzado por el alumno hasta ese momento, el mismo que debe expresar el estado del progreso de sus competencias. Será posible registrar los niveles de logro o calificaciones alcanzadas según la escala determinada para su grado. Estudiantes de secundaria de EBR de 1º a 3º grado Solo se pueden registrar los niveles de rendimiento B, A y AD, no se utilizará el nivel de rendimiento C. En caso de que el alumno muestre un avance mínimo en una o más de las competencias desarrolladas, Evidencia de dificultades en el desarrollo de las actividades propuestas y se considere que necesita más tiempo para el seguimiento, el cuadro se dejará en blanco y se completará cuando alcanza la calificación requerida.

En caso de que un alumno no se haya puesto en contacto con sus profesores, las casillas de calificación de las competencias también estarán en blanco en el registro oficial y se completarán cuando se alcance la calificación requerida. En 2021, para los estudiantes de 4º grado de EBR, los calificadores de las competencias desarrolladas se registran utilizando la escala vigesimal. No será posible registrar calificaciones inferiores a 11. En caso de que el alumno no alcance al menos 11 y necesite más tiempo para acompañar en una o más competencias de las desarrolladas, esta casilla quedará en blanco y se completará cuando alcance el calificador requerido. A partir de 2022, las calificaciones de cuarto grado se registrarán con la escala literal. En el caso de que un estudiante no se haya puesto en contacto con sus maestros, las casillas de calificación de las competencias también permanecerán en blanco en el registro oficial y se completarán cuando se alcance la calificación requerida.

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