MINEDU | Crean el “Modelo de Servicio Educativo para Adultos Mayores (MSE – PAM)”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

No. 451-2020-MINEDU

Lima, 9 de noviembre de 2020

VISTO, expediente No. 0048397-2019, los documentos contenidos en dicho expediente y el Informe No. 00876-2020-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como objetivo el desarrollo integral de la persona humana; correspondiente al Estado para coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudio, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;

Que, el artículo 21 de la Ley No. 30490, Ley del Anciano, indica, entre otros aspectos, que el Estado promueve el acceso, permanencia y calidad de la educación de la persona mayor, así como su participación en los programas existentes para compartir su conocimiento y experiencias con todas las generaciones;

Que el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, indica que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, de acuerdo con las normas generales. política estatal;

Que el artículo 3 de la Ley General de Educación establece que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad; y que el Estado garantice el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica;

Que, el “Proyecto Educativo Nacional – PEN al 2036: El Desafío de la Ciudadanía Plena”, aprobado por Decreto Supremo No. 009-2020-MINEDU, establece, en el marco de la Orientación Estratégica 7, que la política educativa debe reforzar los servicios educativos para adultos. que no hayan completado la educación básica, además de diseñar o reforzar otras formas en las que los adultos puedan educarse y desarrollar su aprendizaje;

Que, el artículo 5 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 011-2012-ED, establece que la universalización de la Educación Básica con calidad y equidad es obligatoria para los niños, jóvenes y adultos en todo el país, implica una oferta educativa suficiente y en óptimas condiciones y, por tanto, requiere articular esfuerzos y acciones para garantizarla;

Que, la Disposición Final Octava Complementaria y Final del Reglamento de la Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con las Comunidades Autónomas, autoriza la creación de nuevos modelos de servicios educativos que reúnan todas las condiciones de calidad requeridas para su adecuada funcionamiento, en el marco de las modalidades, formas y niveles del Sistema Educativo Nacional;

Que mediante Resolución de la Secretaría General No. 345-2017-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la elaboración de Modelos de Servicio Educativo en Educación Básica”, que establece lineamientos para la elaboración de modelos de servicio educativo, que garanticen la calidad en la prestación del servicio educativo a estudiantes de Educación Básica;

Que en el marco de las disposiciones legales antes mencionadas, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar remite el Informe No. 00024-2020-MINEDU / VMGI-DIGC-DIGE a la Viceministerial de Gestión Institucional, mediante el cual se sustenta la necesidad de aprobar la creación del “Modelo de Servicio Educativo para Adultos Mayores (MSE – PAM)”; la misma cuyo objetivo general es mejorar el acceso, permanencia y finalización de la educación básica de las personas mayores y contribuir a su integración y participación activa en la sociedad a través de un servicio educativo de calidad, acorde a sus características, demandas e intereses, promoviendo oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida;

Que, asimismo, del citado Informe y de los documentos del expediente se desprende que para la elaboración del mencionado modelo se ha trabajado de manera coordinada con determinadas regiones, quienes realizaron consultas y aportes a la propuesta del modelo;

De conformidad con el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N ° 26510; Ley No. 28044, Ley General de Educación; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 011-2012-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU;

RESUELTO:

Articulo 1.- Crear el “Modelo de Servicio Educativo para Adultos Mayores (MSE – PAM)”, cuyo desarrollo se encuentra en el anexo que forma parte de esta resolución.

Artículo 2.- Ordenar la publicación de esta resolución y su anexo en el Sistema de Información Legal para la Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y sea publicado.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO

ministro de Educación

1901646-1