EL DOCENTE CONTRATADO RECIBE UNA REMUNERACIÓN MENSUAL SEGÚN LA JORNADA ESTABLECIDA PARA LA MODALIDAD, FORMA, NIVEL O CICLO EN QUE PRESTA SERVICIOS: Los docentes contratados que laboren menos de la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presten sus servicios, reciben una remuneración mensual de acuerdo a las horas de su contrato.
Modalidad / Forma / Cargo | Niveles / Ciclo | Jornada Laboral | Monto |
Educación básica regular (EBR) | Inicial | 30 | 2 400.30 |
Primario | 30 | 2 400.30 | |
Secundario | 30 | 2 400.30 | |
Educación Básica Especial (EBE) | Inicial | 30 | 2 400.30 |
Primario | 30 | 2 400.30 | |
Educación Básica Alternativa (EBA) | Principiante Intermedio | 30 | 2 400.30 |
Avanzado | 30 | 2 400.30 | |
Educación Técnico-Productiva (ETP) | básico y medio | 30 | 2 400.30 |
Coordinadores de PRONOEI, ODEC y ONDEC | 40 | 3 200,40 |
BONOS POR CONDICIONES ESPECIALES DE SERVICIO
Además de su salario mensual, el docente contratado puede recibir hasta cinco bonos mensuales por tipo y ubicación de la institución educativa en la que labore.
Para el otorgamiento de estos bonos, el Minedu publica anualmente a través de una resolución ministerial los registros de las instituciones educativas públicas, que autoriza el pago de estos subsidios.
Tipo de IE | Monto S/ |
Centavo | 200 |
multigrado | 140 |
Bilingüe | cincuenta |
Bilingüe acreditado (El profesor debe trabajar en IE bilingüe) | 100 |
ubicación de IE | Monto S/ |
rural 1 | 500 |
rural 2 | 100 |
rural 3 | 70 |
Frontera | 100 |
VRAEM | 300 |
BENEFICIOS
Asignación por duelo y entierro
En caso de fallecimiento del cónyuge o pareja, padres o hijos, el docente recibe S/ 3000 por concepto de subsidio de duelo y sepelio. En caso de fallecimiento del docente, los familiares directos: cónyuge, hijos, padres o hermanos, también reciben el subsidio. Este beneficio se otorga durante la vigencia del contrato docente
Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
El docente contratado recibe al término de su contrato una compensación por tiempo de servicio equivalente al 14% de su salario mensual por año o una fracción mayor a seis meses de servicios continuos.
vacaciones truncadas
Al término de su contrato, el maestro contratado tiene derecho a recibir vacaciones truncadas. El importe se calcula como una proporción de la quinta parte del salario mensual, la asignación y los aguinaldos que perciba, por cada mes trabajado, hasta la fecha de finalización de su contrato.
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www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/docentes-contratados.php
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