MAESTROS, DIRECTORES, PADRES – MINEDU EDITA ESTÁNDAR PARA TRABAJO A DISTANCIA EN LA AMPLIACIÓN DE LA CUARENTENA. RVM N ° 097-2020-MINEDU Y DEROGA RVM N ° 088-2020-MINEDU

MAESTROS, FUNCIONARIOS, PADRES – MINEDU EXPEDE ESTÁNDAR PARA TRABAJO A DISTANCIA EN LA AMPLIACIÓN DE LA CUARENTENA..RVM N ° 097-2020-MINEDU Y DEROGA RVM Nº 088-2020-MINEDU.

Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo a distancia de los docentes que aseguren el desarrollo del servicio educativo no presencial de las instituciones y programas educativos públicos, ante el brote de COVID-19”.

RESOLUCIÓN VICEMINISTERAL No. 097-2020-MINEDU

Lima, 21 de mayo de 2020 VISTO, expediente No. 0068258-2020 y los informes contenidos en dicho expediente, Informe No. 00553-2020-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 del Decreto Ley No. 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, corresponde al Ministerio de Educación formular las normas nacionales que regulen las actividades educativas, deportivas y recreativas; Que el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política educativa, recreativa y deportiva, de acuerdo con la política general. del Estado. ; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la citada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, los programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector, e implementar la Carrera Magisterial Pública; Que, mediante Decreto Supremo No. 008-2020-SA, se declaró en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por un período de noventa (90) días calendario, por la existencia del brote de Coronavirus (COVID-19), y se dictaron medidas de prevención y control para prevenir la propagación del COVID-19; Que, mediante Decreto Supremo No. 044-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de marzo de 2020, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por un período de quince (15) días calendario y se estableció el aislamiento social obligatorio (cuarentena). ordenado, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación como consecuencia del brote de COVID-19; la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos No. 051-2020-PCM, No. 064-2020-PCM, No. 075-2020-PCM y 083-2020-PCM; ..

Que, mediante Decreto de Urgencia No. 026-2020, se establecieron diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, incluyendo disposiciones referentes a la aplicación del trabajo a distancia, entre ellas el artículo 21 del Dicho reglamento autoriza al Ministerio de Educación, siempre que se extienda la emergencia sanitaria por COVID-19, a establecer disposiciones reglamentarias y / o lineamientos, según corresponda, que sean relevantes para las instituciones educativas públicas y privadas de competencia del sector, en todos sus niveles, etapas y modalidades, brindan el servicio educativo utilizando mecanismos no presenciales o remotos bajo cualquier otra modalidad, quedando sujetos a controles posteriores; Que, mediante Resolución Ministerial No. 184-2020-MINEDU, se dispone que se suspende el inicio de la prestación presencial del servicio educativo a nivel nacional en las instituciones educativas públicas y la gestión de la Educación Básica, mientras el estado de emergencia y la emergencia sanitaria para la prevención y control de COVID19, y hasta que dicho inicio se realice con base en las disposiciones y recomendaciones de las autoridades correspondientes según el estado de avance de la emergencia sanitaria; Que, mediante Resolución Viceministerial No. 088-2020-MINEDU, la Norma Técnica denominada

“Disposiciones para el trabajo a distancia de los docentes para asegurar el desarrollo del servicio educativo no presencial de las instituciones y programas educativos públicos, ante el brote de COVID-19”; Que, bajo este marco normativo, mediante Oficio No. 00430-2020- MINEDU / VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente envía el Informe No. 00337-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN a la Viceministerial de Gestión Pedagógica, elaborado por la Dirección Técnica Normativa del Profesorado, dependiente de la citada Dirección General, la misma que avala la necesidad de aprobar un documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo a distancia del profesorado que asegure el desarrollo del no presencial frente al servicio educativo de las instituciones y programas educativos públicos, ante el brote de COVID-19 ”, el mismo que incluye diversos detalles sobre el informe del trabajo a distancia de los docentes, entre otros, los mismos que permitirán garantizar el desarrollo de dicho trabajo de control remoto, según lo dispuesto en el Decreto de Emergencia No. 026-2020, en las instituciones educativas públicas y programas educativos de educación básica y técnica productiva, con el fin de gu Garantizar el desarrollo del servicio educativo no presencial en condiciones de calidad, equidad y diversidad, durante el estado de emergencia nacional o el período que establezca el Ministerio de Educación en el marco de la normativa vigente; Que de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial No. 006-2020-MINEDU, delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de expedir y aprobar los actos de resolución que aprueben, modifiquen o dejen sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación y Educación, modificado por la Ley N ° 26510, Decreto de Emergencia N ° 026-2020, que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID -19) en el territorio nacional; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N ° 001-2015-MINEDU, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución Ministerial N ° 006-2020-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial N ° 156-2020 -MINEDU; ..

MAESTROS, DIRECTORES, PADRES – MINEDU EXPEDE ESTÁNDAR DE TRABAJO A DISTANCIA EN LA AMPLIACIÓN DE LA CUARENTENA..RVM N ° 097-2020-MINEDU Y DEROGA RVM Nº 088-2020-MINEDU

DESCARGAR: FOLLETO COMPLETO