LEY N ° 31185: Ley que autoriza el NOMBRAMIENTO DE AYUDANTES DE EDUCACIÓN que laboran en las instituciones públicas y programas de EBR y Especial

LEY N ° 31185: Ley que autoriza el NOMBRAMIENTO DE AYUDANTES DE EDUCACIÓN que laboran en las instituciones públicas y programas de EBR y Especial

LEY N ° 31185

LEY QUE AUTORIZA EL NOMBRAMIENTO DE AYUDANTES DE EDUCACIÓN QUE TRABAJAN EN INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PROGRAMAS DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR Y ESPECIAL

Articulo 1. Autorización del nombramiento de auxiliares educativos

Autorizar al Ministerio de Educación a realizar mediante concurso público el nombramiento de personal de educación auxiliar de las instituciones educativas públicas y programas de Educación Básica Regular y Especial para el año 2021 en el marco de lo establecido en el artículo 7 de la Ley 30493, Ley que regula la Política de remuneración del asistente educativo en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley 29944, Ley de Reforma Docente.

Artículo 2. Regulación

Disponer que el Ministerio de Educación en un plazo de sesenta (60) días regule esta disposición.

Artículo 3. Vigencia de la ley

Esta ley entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el diario oficial El Peruano.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

SOLAMENTE. Excepciones para el Ministerio de Educación y gobiernos regionales

Para los efectos de lo establecido en el artículo 1 de esta ley, el Ministerio de Educación y los gobiernos regionales se encuentran exentos de las prohibiciones previstas en el inciso 8.1 del artículo 8 de la Ley 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

Comuníquese con el Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los treinta días del mes de marzo de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidente interino del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente de la

Congreso de la republica

AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR LO TANTO:

No habiendo sido promulgado dentro del período constitucional por el Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que sea publicado y cumplido.

En Lima, a los treinta días del mes de abril de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidente interino del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente de la

Congreso de la republica

Ver y descargar la normativa:

Accede y descarga: LEY N ° 31185 .pdf

Ver sitio oficial de Leyes del Congreso de la República:

https://leyes.congreso.gob.pe

Sitio oficial del Congreso de la República:

1631927768 930 Congreso

http://www.congreso.gob.pe

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