SE EXPIDEN MEDIDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES: El Poder Ejecutivo emitió un decreto de emergencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes para la contratación del suministro de conectividad a la población rural y lugares de interés social preferencial en la selva, así como su acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones, en el marco de la emergencia debida a covid-19.
El Decreto de Urgencia No. 014-2021, publicado en el Diario Oficial El Peruano, tiene como objetivo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), aplique un procedimiento especial para la contratación del suministro de conectividad. en zonas rurales de interés social preferencial.
El reglamento autoriza al MTC a aplicar este procedimiento especial en la contratación de bienes y servicios necesarios para la prestación del servicio de acceso a internet en los departamentos de Amazonas, Loreto, Madre de Dios y Ucayali.
También para la implementación y operación de centros de acceso digital (CAD) y espacios públicos de acceso digital (EPAD) a escala nacional, desarrollados por Pronatel en el marco de su competencia y funciones, orientados a mitigar los efectos de la pandemia provocada por el covid. -19 brote.
Validez
El decreto de emergencia, que tiene vigencia hasta el 1 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar las transferencias financieras que sean necesarias, con cargo al presupuesto del mismo MTC, sin exigir recursos adicionales al Tesoro Público.
Pronatel selecciona las instituciones públicas beneficiarias, las cuales deben carecer del servicio de acceso a internet, y no deben estar ubicadas dentro de las localidades incluidas en los compromisos asumidos por los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones a ejecutar en los próximos dos años.
El Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud y los gobiernos regionales, dentro de los 20 días calendario siguientes a la publicación de este decreto de emergencia, deberán informar a las instituciones públicas en las que tengan o tendrían equipos terminales para el uso del servicio de acceso a internet en los departamentos de Amazonas, Loreto, Madre de Dios y Ucayali.
Los contratos realizados en el marco de este decreto de emergencia están sujetos a procedimientos de control gubernamental, a fin de garantizar un control efectivo sin afectar el dinamismo de ejecución. El control se realiza de manera simultánea y está a cargo de la Contraloría General de la República.
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