EL INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES YA NO SERÁ OBLIGATORIO

EL INFORME MENSUAL DE ACTIVIDAD YA NO SERÁ OBLIGATORIO – MINEDU 2021

Atención maestros y asistentes, a partir de este mes de mayo, el informe mensual de actividades que se había presentado con periodicidad mensual, deja de ser obligatorio y pasa a ser opcional según los acuerdos alcanzados en el IIEE.
Según el estándar reciente RVM No. 155-2021-MINEDUEn su subnumeral 5.8, ahora los docentes y asistentes tienen dos opciones para apoyar su trabajo realizado durante el mes, estas opciones son las siguientes;

a) Presentación de un informe de actividad según el nuevo formato que se puede encontrar en la RVM
b) Presentación de un producto desarrollado durante el cumplimiento de sus tareas. Si es un producto, tiene que ser generado como resultado de las actividades realizadas, para dar cuenta del trabajo efectivo que han desarrollado durante el mes.

El producto puede ser:

– Planificación de experiencias de aprendizaje

– Recursos o materiales elaborados por el docente en la realización de sus acciones para el desarrollo de experiencias de aprendizaje.

– Documento de orientaciones y materiales para gestores o aliados de la comunidad en casos de no conectividad.

– Registro de seguimiento del proceso de aprendizaje de los estudiantes a su cargo
– El portafolio de evaluación del estudiante, el formato y el tipo de presentación no son fundamentales, sino que reflejan el progreso del estudiante.

– Registro de evaluación en el SIAGIE en las fechas de corte fijadas en la norma, etc.

Estos son algunos ejemplos que el docente puede presentar como producto para apoyar su trabajo mensual.

El director de la IE o programa educativo, de acuerdo por mayoría con sus docentes o asistentes docentes, y dejando constancia escrita, puede adoptar el informe mensual o establecer el producto que deben presentar una vez al mes. La alternativa acordada se aplica a todos los profesores y asistentes educativos de la IE o del programa educativo.

Además, la IE, al seleccionar la forma de apoyo para el informe mensual, debe tener en cuenta el numeral 5.1. de la norma (RVM 155-2021-MINEDU), en su apartado III, especifica que se invoca a la DRE, UGEL y directores del IIEE o programas educativos para no realizar u ordenar acciones innecesarias, solicitando información que no será procesada o utilizados y en frecuencias que afecten la función sustantiva del docente y asistente educativo.

Entonces en conclusión, si los docentes han venido presentando evidencia semanal de su trabajo, ya no será necesario realizar o completar el formato de actividad mensual porque sería un acto innecesario, pues cada semana presentan información detallada sobre el trabajo que realizan. ha estado haciendo y eso. a su vez, esto es conocido por los directores del IIEE.

Fuente: EDUCAR PERU
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