DS N° 015-2020-MINEDU.- Decreto Supremo que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de docentes y su renovación, en el marco del contrato de servicio docente de educación básica, a que se refiere la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones

DS N° 015-2020-MINEDU.- Decreto Supremo que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de docentes y su renovación, en el marco del contrato de servicio docente de educación básica, a que se refiere la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones



MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decreto Supremo que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de docentes y su renovación, en el marco del contrato de servicio docente en educación básica, a que se refiere la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones

DECRETO SUPREMO N° 015-2020-MINEDU

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por objeto definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, de conformidad con la política general del Estado;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la Ley General de Educación, es función del Ministerio de Educación, definir las políticas sectoriales de personal, programas para el perfeccionamiento del personal directivo, docente y administrativo. del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el Artículo 76 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magistral, establece que las vacantes existentes en las instituciones educativas públicas no cubiertas por nombramiento, se atiendan mediante concurso público de contratación de docentes;

Que, el Artículo 1 de la Ley No. 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, indica que el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley de Reforma Magistral, tiene por objeto permitir la contratación temporal de docentes en las instituciones educativas públicas de educación productiva básica y técnica. Asimismo, establece que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Educación, se regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación en el marco del Contrato de Servicio Docente, así como las características para su renovación;

Que, bajo este marco normativo, mediante Decreto Supremo N° 017-2019-MINEDU, se establece la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de docentes y las características para su renovación, en el marco del Contrato de Servicio Docente en la educación básica, a que se refiere la Ley N° 30328, “Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones”;

Que, con el fin de actualizar el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación en el marco del Contrato de Servicio Docente y resolver las situaciones identificadas durante el desarrollo del proceso de contratación docente, es necesario aprobar una nueva norma que regule estos aspectos. Para ello, es necesario derogar el Decreto Supremo N° 017-2019-MINEDU;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones;

DECRETO:

Artículo 1.- Aprobación de la norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones, para la contratación en el marco del Contrato de Servicio Docente

Aprobar la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de docentes y su renovación, en el marco del contrato de servicio docente de educación básica, a que se refiere la Ley N° 30328, Ley que establece medidas educativas y dicta otras disposiciones” , el mismo que como anexo forma parte del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Disposiciones Complementarias

El Ministerio de Educación dicta las disposiciones complementarias que sean necesarias para la implementación de la norma aprobada por el artículo 1 de este Decreto Supremo.

Artículo 3.- Publicación

El presente Decreto Supremo y su anexo se encuentran publicados en el Sistema de Información Jurídica Educativa (SIJE), ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4.- Endoso

Este Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

ÚNICO. Derogación del Decreto Supremo N° 017-2019-MINEDU

Derógase el Decreto Supremo N° 017-2019-MINEDU, por el cual se aprueba la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de docentes y las características para su renovación, en el marco del Contrato de Servicio Docente en Educación Básica”, a que se refiere en la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones”.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil veinte.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
presidente de la republica

pareja ricardo david cuenca
ministro de Educación

[El Peruano: 28/11/2020]

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