Debido al impacto del coronavirus (COVID-19), en julio se realizará un recálculo de gratificación por feriados nacionales a los docentes.

Señores usuarios el portal educativo youteacher.net, es un portal que se dedica al desarrollo y compilación que se encuentra en relación a contenido educativo para docentes y estudiantes y otros usuarios que están a la vanguardia de la educación en nuestro país, les comparto esta información confiable .

Por el impacto del coronavirus (COVID-19)

Debido al impacto del coronavirus (COVID-19) en las actividades económicas, determina que este año se lleve a cabo el cálculo del bono por Fiestas Patrias, que los empleadores deben pagar a más tardar el 15 de julio a los trabajadores en el régimen laboral de actividad privada. con ciertas peculiaridades.

Por tanto, sólo tendrán derecho a este beneficio los trabajadores contratados indefinidamente, a plazo fijo o parcial, siempre que hayan trabajado al menos un mes completo en el semestre enero-junio y se encuentren efectivamente trabajando durante la primera quincena de julio. .

Para calcular el monto del bono, se debe determinar cuánto será la remuneración computable del trabajador al 30 de junio y el beneficio será equivalente a la remuneración total si el trabajador trabajó todo el semestre enero-junio, y se reducirá proporcionalmente. en su importe si el tiempo de servicio fuera menor.

Los supuestos de descanso vacacional y licencia retribuida por la pandemia serán considerados como tiempo efectivamente trabajado, indicó el trabajador laboral Germán Lora.

Asimismo, las pausas o licencias que establezca la normativa de seguridad social que originen el pago de subsidios, así como el resto por accidentes laborales pagados o pagados con subsidios de la seguridad social y aquellos otros casos que la ley considere como el trabajo a distancia o el teletrabajo.

Sin embargo, la suspensión perfecta de trabajo autorizado, por COVID-19, ni la licencia sin licencia no se incluirán como tiempo efectivamente trabajado, dijo.

Por ello, argumentó que si el trabajador continúa en estos casos, no tendrá derecho a la bonificación a menos que en ese mes se encuentre de vacaciones o licencia con sueldo o con incapacidad temporal.

Si te gustó compártelo en tus redes sociales
FUENTES: SIAGIE