Concurso Público de Ascenso de Escala 2021 en la Carrera Docente Pública

Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para la promoción de escala de los docentes de Educación Básica en la Carrera Docente Pública”

Resolución Viceministerial

N ° 057-2021-MineDu

Lima, 1 de marzo de 2021

VISTO, Expediente No. 162059-2021, Informe No. 00022-2021-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DIED del Departamento de Evaluación Docente, Informe No. 00141-2021-MINEDU / SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, Informe No. 00220-2021-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;


CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política educativa, recreativa y deportiva, de acuerdo con la política general. del Estado; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del artículo 80 de la citada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Docente Pública;

Que, el artículo 15 de la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Docente, establece que el Ministerio de Educación establece la política y estándares de evaluación docente, formula los indicadores e instrumentos de evaluación, en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos de admisión, permanencia, promoción y acceso a puestos dentro de la Carrera Docente Pública, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, el artículo 26 de la Ley No. 29944 establece que la promoción es el mecanismo de progresión gradual en los escalones docentes, mejora la remuneración y habilita al docente para asumir cargos de mayor responsabilidad, esto se realiza a través de un concurso público anual y considerando las plazas previstas. para este propósito;

Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N ° 29944, el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, convoca a concursos de promoción, los cuales se implementan de manera descentralizada, de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas que se emiten;

Que, el artículo 28 de la Ley No. 29944 establece que la evaluación para la promoción tiene una finalidad primordialmente educativa, orientada a mejorar el desempeño docente;

Que, como se indica en el artículo 51 del Reglamento de la Ley N ° 29444, aprobado por Decreto Supremo N ° 004-2013-ED, la evaluación de promoción tiene entre sus objetivos promover el reconocimiento social y profesional de los docentes, con base en la calidad de desempeño, idoneidad profesional, formación y méritos;

Que en el marco de las disposiciones legales antes mencionadas, mediante Oficio N ° 00092-2021-MINEDU / VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente envía Informe N ° 00022-2021-MINEDU / a la Viceministerial de Pedagógica. Gestión. VMGPDIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la citada Dirección General, mediante el cual se plantea la necesidad de aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para la promoción de la formación docente Básica en la Carrera Pública Docente”, cuyo tiene como finalidad establecer los criterios y procedimientos técnicos para la organización, implementación y ejecución del referido concurso público;

Que, de acuerdo al citado informe, se observa que el documento normativo cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección General de Educación Alternativa Básica. , Servicios Interculturales Bilingües y Educativos en el Medio Rural, de la Dirección Técnica Normativa del Docente, la Dirección de Formación Docente en Servicio, la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente y la Dirección de Formación Docente Inicial;

Que, mediante Informe No. 00141-2021-MINEDU / SPEOPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable al documento normativo; en el marco de sus respectivas competencias;

Que, asimismo, con Informe No. 00220-2021-MINEDU / SG-OGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y tomando en cuenta los dictámenes técnicos emitidos, considera que la aprobación de la normativa documento es legalmente viable, sugiriendo continuar con el proceso correspondiente para su aprobación;

Que de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N ° 571-2020-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la emisión y aprobación de la resolución actos que aprueben, modifiquen o dejen sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N ° 26510; en la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificaciones; en el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo No. 004-2013-ED y sus modificatorias; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas por Resolución Ministerial N ° 571-2020-MINEDU;

RESUELTO:

Articulo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para la promoción de la escala de docentes de Educación Básica en la Carrera Docente Pública”, que, como anexo, forma parte de esta resolución.

Artículo 2.- Encomendar el cumplimiento del documento normativo aprobado por el artículo anterior a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación y a los órganos de gestión educativa descentralizados dependientes de las Comunidades Autónomas, en el marco de sus poderes.

Artículo 3.- Ordenar la publicación de esta resolución y su anexo en el Sistema de Información Legal para la Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de publicación de esta resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y sea publicado.

BALONES KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA

Viceministro de Gestión Pedagógica

1931375-1

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Anexo