Comisión docente 2021[RVM N.° 255-2019-MINEDU, RVM N.° 198-2020—MINEDU y RVM 192-2021-MINEDU] [ppt]

Comisión docente 2021[RVM N.° 255-2019-MINEDU, RVM N.° 198-2020—MINEDU y RVM 192-2021-MINEDU]

La orden es la acción de personal que consiste en ocupar un puesto vacante o el puesto de titular mientras
Por último, la ausencia de este, para realizar funciones de mayor responsabilidad. La comisión es de carácter
temporal y excepcional, no genera derechos y no puede exceder el período del ejercicio.

  • Despacho Múltiple No. 0034-2020-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN, especifica lineamientos para el proceso de
    orden en forma virtual, mientras dure el estado de emergencia sanitaria.
  • La RVM No. 198-2020-MINEDU incorpora las hojas de evaluación de la gestión en el cargo para ser aplicadas a la
    desempeño laboral virtualmente como consecuencia del aislamiento social.
  • RVM No. 192-2021-MINEDU modifica e incorpora normativa legal a la norma técnica para una mejor
    Optimización del proceso de selección de pedidos.
    EN CARGO

Tipos de comisión

De cargo: Autorizado en un cargo orgánico vacante presupuestado o en un cargo vacante generado por la ausencia temporal del titular.

De funciones: Autorizado únicamente para asumir el cargo de director del IE, en caso de que no exista un cargo orgánico vacante presupuestado. El docente continúa desarrollando su labor docente en el aula.

Excepcional: Se autoriza únicamente, para casos puntuales de asignación de un cargo por un período menor a 30 días, además de sus funciones (aplica para directores UGEL, DGP, JGP y otros cargos).

Plazas

▪ Especialistas en educación
▪ Ejecutivos de IE
▪ IE jerárquico

CONDICIONES

Con RVM No. 192-2021-MINEDU se incorpora literal g) del numeral 7.1.1 de la norma técnica, se establece no tener la condición de
ratificado en el momento de la solicitud.
▪ Tener acreditado el perfil y requisitos generales y específicos.
▪ Tener un acto de resolución de puesta en servicio válido hasta el final del año fiscal en el que se evalúa para ratificación.
▪ Tener en el cargo no menos de seis meses al treinta (30) de septiembre del año fiscal en el que se evalúa para
ratificación.
▪ Tener una valoración favorable en la evaluación del desempeño gerencial.
▪ El puesto a ratificar está vacante para el siguiente curso escolar y no ha sido ofertado en concurso público para acceder a
cargos. Convocado por el MINEDU durante el ejercicio del encargo.
▪ No tener la condición de ratificado al momento de postularse

EVALUACIÓN

La evaluación del desempeño de la gestión se realiza mediante la aplicación de las hojas de evaluación incorporadas virtualmente a la Norma Técnica con RVM No. 198-2020, se ejecuta en la última semana de octubre y estará a cargo del comité de evaluación.
EXPEDICIÓN DE LA ACTA DE RESOLUCIÓN
▪ Para casos de ratificación, la resolución será emitida por NEXUS, cuando se inicialice la DB del sistema NEXUS.

Ver y descargar aquí: Comisión docente 2021

Sitio web oficial del MINEDU:

Logo del Ministerio de Educación del Perú MINEDU

http://www.minedu.gob.pe