CARNE DE RES. N ° 1357-2020-UNHEVAL.- Autorizar la elaboración de nuevos diplomas de Licenciatura y Licenciatura en Educación Especialidad: Educación Primaria de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco

CARNE DE RES.  N ° 1357-2020-UNHEVAL.- Autorizar la elaboración de nuevos diplomas de Licenciatura y Licenciatura en Educación Especialidad: Educación Primaria de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco



INSTITUCIONES EDUCACIONALES

Autorizar la preparación de nuevos diplomas de Licenciatura y Licenciatura en Educación Especialidad: Educación Primaria de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco

HERMILIO VALDIZÃ ?? UNIVERSIDAD NACIONAL

SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN CONSEJO UNIVERSITARIO N ° 1357-2020-UNHEVAL

Cayhuayna, 15 de junio de 2020

VISTO, los documentos que se adjuntan en veintitrés (23) páginas y dos (02) diplomas;

CONSIDERANDO:

Que el Jefe de la Asesoría Jurídica, con Informe No. 230-2020-UNHEVAL / AL, de fecha 09 de MARZO de 2020, emite dictamen legal sobre la cancelación de la Licenciatura en Ciencias de la Educación y Licenciatura en Educación, Especialidad en Educación Primaria. de RONA LÃ ?? PEZ RODRIGUEZ; según el siguiente detalle:

I. ANTECEDENTES:

1.1. Que, mediante Disposición No. 01752-2020-UNHEVAL-R, el Rector solicita dictamen legal sobre la cancelación de la Licenciatura en Ciencias de la Educación y la Licenciatura en Educación, Especialidad en Educación Primaria de RONA LÃ ?? PEZ RODRIGUEZ.

II. RECONOCIMIENTO LEGAL

2.1. Que, de acuerdo con el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N ° 27444, aprobado por Decreto Supremo N ° 004-2019-JUS, las autoridades administrativas deben actuar con respecto a la Constitución, la ley y a la ley, dentro de las facultades que les sean atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos.

2.2. Que, mediante solicitud recibida por la Unidad de Tramitación Documental, con fecha 28 de febrero de 2020, suscrita con registro No. 655, Sra. RONA LÃ ?? PEZ RODRIGUEZ, solicita la adición de su nombre en su licenciatura y título profesional, con el acuerdo de sus derechos, ya que su nombre fue agregado a través de los tribunales, para lo cual adjunta copia de la sentencia debidamente legalizada.

23. Que mediante Oficio N ° 000122-2020-UNHEVAL-UGT, el Responsable (e) de la Unidad de Títulos y Títulos, indica que la Entidad ha otorgado la Licenciatura en Ciencias de la Educación y el Título Profesional de Licenciatura en Educación, Especialidad en Educación Primaria a favor de RONA LÃ ?? PEZ RODRIGUEZ, y que a través del Proceso Judicial se ha declarado fundado el reclamo sobre la adición de un nombre, consignándolo como el nombre de ANDREA RONA LÃ ?? PEZ RODRIGUEZ, por tanto, solicita la emisión de una Resolución de cancelación de los diplomas, con base en el artículo 15 inc. c) del Reglamento del Registro Nacional de Títulos y Títulos de la SUNEDU.

2.4. Que el inciso c) del artículo 15 del “Reglamento del Registro Nacional de Títulos y Títulos” aprobado por Resolución de la Junta Directiva No. 009-2015-SUNEDU / CD, indica que “para la corrección de datos en el Registro como consecuencia de un procedimiento administrativo o proceso judicial, se adjunta la resolución consentida que justifica la corrección en el Registro “.

2.5. Que, bajo esta premisa normativa, es claro que las autoridades administrativas tienen la facultad de rectificar los datos en el registro por mandato judicial, en consecuencia, modificar los títulos y la forma de modificar es cancelar los títulos A667367 y A894549 y emitir nuevos títulos. con los nombres completos, por lo que se considera oportuno que el Consejo Universitario ordene la anulación de los diplomas antes mencionados, con los que se otorgan la Licenciatura en Ciencias de la Educación y la Licenciatura en Educación, Especialidad en Educación Primaria a RONA LÃ ?? PEZ RODRIGUEZ, debiendo proceder a expedir los nuevos diplomas en los que se encuentra el nombre original de ANDREA RONA LÃ ?? Se ingresa PEZ RODRIGUEZ, manteniendo la vigencia de los contenidos.

Ahora bien, como se ha indicado, la modificación del nombre en los diplomas a expedir corresponde a una solicitud de parte, por lo que es responsabilidad del administrador pagar el costo del diploma y su caligrafía.

Que, en la sesión ordinaria No. 41 del Consejo Universitario, de 20 de mayo de 2020, se revisó el expediente, coincidiendo con los fundamentos establecidos en el informe legal, y lo establecido en el inciso c), del artículo 15 del Reglamento. del Registro Nacional de Títulos y Títulos-SUNEDU, el pleno acordó:

una. Anular FORMATO N ° A00667367, correspondiente a la Licenciatura en Ciencias de la Educación de la señora RONA LOPEZ RODRIGUEZ, por haber agregado su nombre, por orden judicial, al de ANDREA RONA LOPEZ RODRIGUEZ; especificando la validez del contenido.

dos. Cancelar el FORMULARIO N ° A00894549, correspondiente al Título de Licenciatura en Educación Especialidad: Educación Primaria de la señora RONA LOPEZ RODRIGUEZ, por haber agregado su nombre, por orden judicial, al de ANDREA RONA LOPEZ RODRIGUEZ; especificando la validez del contenido.

3. Autorizar a la Unidad de Grados y Títulos de UNHEVAL la elaboración de nuevos DIPLOMAS de Licenciatura en Ciencias de la Educación y de Licenciatura en Educación Especialidad: Educación Primaria, a favor de la SRA. ANDREA RONA LOPEZ RODRIGUEZ, con los datos correctos, según el mandato judicial.

Cuatro. Enviar todo lo realizado al Jefe de la Unidad de Grados y Títulos de UNHEVAL, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones;

Que el Rector remite el caso a la Secretaría General, con el Rector No. 0329-2020-UNHEVAL-CU / R, para que se emita la resolución correspondiente;

Sujeto a las atribuciones conferidas al Rector por la Ley Universitaria N ° 30220, por el Estatuto y Reglamento de UNHEVAL, Resolución N ° 050-2016-UNHEVAL-CEU, de 26 de agosto de 2016, de la Comisión Electoral Universitaria, que proclamó y acreditó , del 02.SET.2016 al 01.SET.2021, los representantes de la Alta Dirección; mediante Resolución N ° 2780-2016-SUNEDU-02-15.02, de 14 de OCTUBRE de 2016, que resolvió proceder al registro de las firmas de las autoridades de UNHEVAL en el Registro de Firmas de Autoridades Universitarias, Instituciones y Escuelas de Educación Superior de SUNEDU ;

RESUELTO:

1er CANCELAR FORMULARIO N ° A00667367, correspondiente a la Licenciatura en Ciencias de la Educación de la señora RONA LOPEZ RODRIGUEZ, por haber agregado su nombre, por orden judicial, al de ANDREA RONA LOPEZ RODRIGUEZ; especificar la validez del contenido; por lo expuesto en los considerandos anteriores.

2do CANCELAR FORMULARIO N ° A00894549, correspondiente al Título de Licenciatura en Educación Especialidad: Educación Primaria de la señora RONA LOPEZ RODRIGUEZ, por haber agregado su nombre, por orden judicial, al de ANDREA RONA LOPEZ RODRIGUEZ; especificar la validez del contenido; por lo expuesto en los considerandos anteriores.

Tercero AUTORIZAR a la Unidad de Titulaciones y Títulos UNHEVAL el desarrollo de nuevos DIPLOMAS de Licenciatura en Ciencias de la Educación y de Licenciatura en Educación Especialidad: Educación Primaria, a favor de Dña. ANDREA RONA LOPEZ RODRIGUEZ, con los datos correctos, según orden judicial. ; por lo expuesto en los considerandos anteriores.

Cuarto ENVIAR todas las gestiones realizadas al Jefe de la Unidad de Grados y Títulos de UNHEVAL, para que proceda conforme a sus atribuciones; por lo expuesto en los considerandos anteriores.

Quinto CONOCER esta Resolución a los órganos competentes y al interesado.

Regístrese, comuníquese y archive.

REYNALDO M. OSTOS MIRAVAL
Rector

YERSELY K. FIGUEROA QUIÃ ?? ONEZ
Secretario general

[El Peruano: 18/12/2020]


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