Aprueban la actualización del “Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, Prevención y Atención de la Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

No. 421-2020-MINEDU

Lima, 15 de octubre de 2020

VISTO: expediente No. 0098025-2020, los Informes Técnicos contenidos en dicho expediente, Informe No. 01081-2020-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte. , de acuerdo con la política general del Estado;

Que el artículo 6 de la citada Ley establece que la formación ética y cívica es obligatoria en todos los procesos educativos; prepara a los estudiantes para cumplir con sus obligaciones personales, familiares y patrióticas y para ejercer sus deberes y derechos de ciudadanía; Asimismo, el artículo 8 de la misma Ley indica que la educación se fundamenta, entre otros, en el principio de la ética, que inspira una educación que promueva los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las reglas de convivencia;

Que, mediante Decreto Supremo No. 004-2018-MINEDU, se aprueban los “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, Prevención y Atención de la Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes”; El artículo 2 del cual establece que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación de dicho Decreto Supremo, el Plan de Trabajo para la implementación del los lineamientos antes mencionados, los cuales deben ser revisados ​​y actualizados en el mes de julio de cada año, a partir de 2019;

Que, atendiendo al marco normativo establecido, mediante Resolución Ministerial N ° 291-2018-MINEDU, se aprobó el “Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, Prevención y Atención de la Violencia contra las Niñas, Niñez y Adolescentes ”;

Que mediante Resolución Ministerial N ° 603-2019-MINEDU se aprobó la actualización del “Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, Prevención y Atención de la Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes”. ;

Que, con Informe No. 00017-2020-MINEDU / VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar atiende a la Viceministerial de Gestión Institucional, apoyando la necesidad de aprobar la actualización del mencionado Plan de Trabajo, el cual se complementó con Informe No. 00288-2020-MINEDU / VMGI-DIGC-DIGE, elaborado por la Dirección de Gestión Escolar, dependiente de la citada Dirección General;

Que, asimismo, en el Informe No. 00017-2020-MINEDU / VMGI-DIGC también se indica que mediante Oficio No. D001092-2020-MIMP-AURORA-DE, Informe No. D000014-2020-MIMP-AURORA-UPA- Se adjunta el LPM, a través del cual el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables emite opinión favorable a la propuesta de actualización del Plan de Trabajo;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N ° 26510; en el Decreto Supremo No. 004-2018-MINEDU, que aprueba los “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, Prevención y Atención a la Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes”; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU;

RESUELTO:

Articulo 1.- Aprobar la actualización del “Plan de Trabajo para la Implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y Atención de la Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes”; el mismo que, como anexo, forma parte de esta resolución.

Artículo 2.- Ordenar la publicación de esta resolución y su anexo, en el Sistema de Información Legal para la Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y sea publicado.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO

ministro de Educación

1894374-1

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