Aprobar los “Lineamientos del Programa Nacional de Capacitación y Capacitación para Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas”

RESOLUCIÓN VICE-MINISTERIAL

N ° 013-2020-MINEDU

Lima, 15 de enero de 2020

VISTO el expediente No. 0231919-2019, los informes técnicos contenidos en dicho expediente, Informe No. 00075-2020-MINEDU / SG-OGAJ de la Dirección General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 de la Ley N ° 28044, Ley General de Educación, en adelante Ley, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional cuyo objeto es definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deportes, de acuerdo con la política general del Estado;

Que, de conformidad con el literal h) del artículo 80 de la Ley, el Ministerio de Educación tiene la función de definir las políticas sectoriales de personal, los programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector, y la implementación de la Carrera Docente Pública;

Que, de conformidad con el artículo 9 de la Ley N ° 29944, Ley de Reforma Docente, el Ministerio de Educación reglamenta y organiza el Programa Nacional de Formación y Formación de Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas;

Que, en la misma línea, el numeral 20.2 del artículo 20 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo No. 004-2013-ED, indica que los aspectos relacionados con la organización, regulación, implementación y evaluación de la referida El Programa Nacional toma como referencia la propuesta de Marco de Buen Desempeño del Ejecutivo y se detalla en normas específicas formuladas para tal fin;

Que, mediante Resolución de la Secretaría General No. 304-2014-MINEDU, se aprueban los lineamientos denominados “Marco de Buen Desempeño Ejecutivo”, que define los dominios, competencias y desempeños con sus correspondientes descriptores, que caracterizan una gestión escolar eficaz que refuerza el liderazgo de los directores de las instituciones de educación básica del país;

Que, mediante Resolución de la Secretaría General No. 1882-2014-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la organización del Programa Nacional de Capacitación y Capacitación de Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnica Productiva”. , modificado por Resolución Ministerial N ° 270-2018-MINEDU y Resolución Viceministerial N ° 055-2019-MINEDU;

Que, el artículo 177 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N ° 001-2015-MINEDU, establece que la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar, dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar , es responsable de determinar las necesidades de formación del personal directivo y administrativo de las instituciones educativas;

Que, mediante Informe No. 00285-2019-MINEDU / VMGI-DIGC-DIF, complementado con los Informes No. 00288-2019-MINEDU / VMGI-DIGC-DIF y No. 00307-2019-MINEDU / VMGI-DIGC-DIF, el La Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar, dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, apoya la necesidad de aprobar los “Lineamientos del Programa Nacional de Formación y Formación de Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas”, los mismos que pretenden definir los principios, enfoques, fines, estrategias, competencias a desarrollar, procesos de capacitación y modalidades para el desarrollo de la formación gerencial a nivel nacional, así como orientar la organización, operación, seguimiento y evaluación del Programa Nacional de Capacitación y Capacitación de Directivos. y Subdirectores de Instituciones Educativas, precisando que estos lineamientos están dirigidos a los directores designados de Educación Básica;

Que, asimismo, los referidos Informes avalan la necesidad de derogar la Resolución de la Secretaría General No. 1882-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la organización del Programa Nacional de Capacitación y Capacitación de Directores y Subdirectores de Instituciones de Educación Pública. de Educación Productiva Básica y Técnica ”;

Que de acuerdo al literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial No. 006-2020-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, para emitir y aprobar la resolución actos que aprueben, modifiquen o dejen sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

Con la visa de la Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Oficina de Evaluación y Seguimiento Estratégico; y la Dirección General de Asesoramiento Jurídico;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N ° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N ° 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo No. 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas por Resolución Ministerial N ° 006-2020-MINEDU;

RESUELTO:

Articulo 1.- Derogar la Norma Técnica denominada “Normas para la organización del Programa Nacional de Capacitación y Capacitación de Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnica Productiva”, aprobada mediante Resolución de la Secretaría General No. 1882-2014-MINEDU, modificada mediante Resolución Ministerial N ° 270-2018-MINEDU y Resolución Viceministerial N ° 055-2019-MINEDU.

Artículo 2.- Aprobar los “Lineamientos del Programa Nacional de Capacitación y Capacitación para Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas”; los mismos que, como anexo, forman parte de esta resolución.

Artículo 3.- Ordenar la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Legal para la Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y sea publicado.

GUIDO ALFREDO ROSPIGLIOSI GALINDO

Viceministro de Gestión Institucional

1846021-1

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